Mario Eduardo Nahum (59) fue denunciado por el propietario de un inmueble colindante a la obra que él estaba dirigiendo. El damnificado manifestó en su denuncia que le había iniciado un juicio a la empresa constructora y que en ese marco se había dictado una medida de no innovar para que la firma dejara de demoler una pared. Esto, debido a que esa actividad había provocado daños en su propiedad, con riesgo de derrumbe. No obstante la medida judicial, la obra continuó.
El juicio se llevó a cabo en la Sala VII, presidido por la jueza Paola Marocco.
El imputado permanecerá en libertad debido a la modalidad de la condena dictada y deberá cumplir una serie de reglas de conducta con estricto apercibimiento de revocarse la prisión en suspenso en caso de incumplimiento injustificado. Durante dos años, Nahum deberá fijar residencia en la ciudad de Salta e informar cualquier cambio. También deberá someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados.
Desestiman recurso de queja
La Sala I de la Corte de Justicia de Salta desestimó el recurso de queja contra una sentencia de la Sala V de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial que había rechazado un recurso de inconstitucionalidad en una causa por prescripción adquisitiva de derechos reales.
En la presentación se afirmó que por “un error involuntario producto de la nueva modalidad de trabajo impuesta por la pandemia” de presentación de los escritos en forma digital, se presentó erróneamente un archivo distinto. Luego, cuando tuvo conocimiento de tal situación en otra instancia del proceso, tomó conocimiento del fallido y entonces adjuntó el archivo PDF correcto. El recurso de queja sostenía que la Cámara valoró equívocamente los instrumentos para sustentar su posesión con ánimos de prescribir.