Todos ellos se encuentran acusados del delito de homicidio calificado por el uso de arma de fuego y con el concurso premeditado de dos o más personas y por la participación de un menor de edad. En ese marco, ordenó que continúen alojados en la Alcaidía General de la Provincia.
El hecho sucedió en barrio 26 de Marzo en la madrugada del 22 de junio. Ese día se recibieron dos denuncias por amenazas. Las mujeres pusieron en conocimiento que un grupo de masculinos se acercaron a su domicilio y arrojaron elementos contundentes, amenazando a toda la familia con un arma de fuego.
Minutos más tarde, mientras las mujeres regresaban a su domicilio, se dieron con la novedad que había un menor herido con arma de fuego, que fue trasladado al Hospital Papa Francisco por sus familiares. Fernando, la víctima, presentaba una herida a la altura de las costillas, por lo que falleció por un "shock hipovolémico por herida de arma de fuego".
La jueza señaló en su resolución que el delito por el que se encuentran acusados prevé una pena de ejecución efectiva en caso de ser condenados. Por ello se entiende que existe un peligro procesal de fuga, ya la pena en expectativa hace sospechar que los mismos podrían intentar sustraerse al proceso.
Decidió también rechazar el pedido de arresto domiciliario, ya que entendió que la medida no resulta adecuada para aplicar al caso.
Condena de 8 años
José Augusto Roldán, alias "Pollo", confesó durante la audiencia de juicio abreviado haber cometido el homicidio de Máximo Romero, y por eso lo condenaron a la pena de ocho años de prisión efectiva. El hecho sucedió el 12 de febrero de este año, en Misión Monte Sinaí, de la localidad de Salvador Mazza. Máximo Romero se dirigía a su domicilio, cuando Roldán lo atacó, provocándole una herida en el abdomen con un elemento punzante, y golpes en el cuello. Lo encontraron los vecinos en el piso quejándose de dolor. Roldán intentó darse a la fuga pero fue detenido.