La medida es por mala rotulación, falta de inscripción en el registro de alimentos libres de gluten e inducir a error al consumidor.
Según la disposición 713/2018 publicada este en el Boletín Oficial, prohibió la comercialización de los productos "Sal gruesa y fina marca Salmar" por tener el rótulo de otra marca y no estar inscriptos con la condición libre de gluten, a pesar de que en su etiqueta figuran como "sin TACC".
En tanto, la disposición 718/2018 de la Anmat también publicada este miércoles en el Boletín Oficial prohíbe la venta en todo el país del producto "Stevia Endulzando la Vida", importado de Bolivia, por incorrecta denominación, por no declarar que se trata de un edulcorante de mesa, no consignar "alimento dietético", ni la concentración en mg % del edulcorante empleado.
Además, la leyenda "100 % stevia cristalizada" es incorrecta e induce a error, confusión o engaño al consumidor, en tanto que tampoco se declara el domicilio de la razón social ni datos del importador.