Lo anunciaron ayer el jefe de Gabinete, Marcos Peña, el director de la ANSES, Emilio Basavilbaso y el ministro de Trabajo, Jorge Triaca. El incremento se define según la Ley de Movilidad Jubilatoria (N° 26.417), que se aplica automáticamente dos veces al año desde 2009.
Durante una conferencia, el ministro coordinador resaltó que "en el marco de la ley estamos anunciando el segundo aumento de jubilaciones así como en la AUH a partir de septiembre".
Por su parte, el director del organismo destacó que el incremento "beneficiará a 8,4 millones de jubilados y pensionados, y a 9 millones de asignaciones". En ese sentido, destacó que el aumento alcanza a "más de 12 millones de familias argentinas" y que la cobertura alcanza al 97,5% de las personas mayores de 65 años. Los aumentos a jubilados y pensionados implica una inversión adicional por movilidad de 1,2% del PBI, equivalente a $ 125.136 millones.
Con este incremento, que corresponde a la aplicación de la ley 26.417 de movilidad jubilatoria sancionada en 2008, que en marzo había sido del 12,96%, el haber mínimo pasará de $ 6.394,85 a $ 7.246,64 y la pensión más baja de $ 5.115,88 a $ 5.797,31. La Asignación Universal aumentará de $ 1.246 a $ 1.412, mientras que el monto para hijo con discapacidad se ajustará de $ 4.064 a $ 4.606.
Montos y rangos de los haberes
El haber mínimo jubilatorio pasará de $6.394,85 a $7.246,64; el máximo, de $46.849,81 a $53.090,20, y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), de 5.115,88 a 5.797,31 pesos. En la actualidad, la ANSeS ofrece cobertura a unos 6,9 millones de jubilados y pensionados, y a 1,5 millones de beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) y Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
El incremento, además, está destinado a más de 9 millones asignaciones por hijo, que ascenderá de $1.246 a $1.412, para favorecer en forma directa cerca de 3,9 millones de niños en 2,2 millones de familias. En tanto, la Asignación por Hijo con Discapacidad se elevará de 4.064 a 4.606 pesos.
Los nuevos montos y rangos de ingreso del grupo familiar para trabajadores formales, monotributistas, jubilados y pensionados que cobran Asignaciones Familiares (AAFF) por Hijo e Hijo con Discapacidad quedarán conformados de la siguiente manera: