OCURRIÓ EN EL HOGAR ESCUELA

Juzgan a directivos y trabajadores por una muerte en un alumno

La ex directora del Hogar Escuela “Carmen Puch de Güemes”, Amelia Burgos y otras cuatro personas que cumplían funciones en ese establecimiento educativo son juzgadas desde ayer por homicidio culposo.

El Fiscal Penal, Santiago López Soto, representa al Ministerio Público en el caso por la muerte del alumno del Hogar Escuela.
El Fiscal Penal, Santiago López Soto, representa al Ministerio Público en el caso por la muerte del alumno del Hogar Escuela.

Se trata del caso del alumno que falleció aplastado por una pared cuando se desarrollaba clases en la huerta. El fiscal penal 4, Santiago López Soto, representa al Ministerio Público ante la Sala VI del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate contra Amelia Burgos y Antonio Eugenio Fanjul, José Leandro Villalobo, Roberto Félix Ríos y Héctor Carlos Usqueda todo involucrados por el delito de homicidio culposo en perjuicio del  menor que asistía al Hogar Escuela, situado frente a la terminal de ómnibus de la Capital salteña.

El fatal  hecho ocurrió el  10 de junio de 2013, ocasión en que el menor  murió al ser aplastado por una pared que se desplomó. Según consta en el expediente, el niño de 9 años, junto a sus compañeros, tomaban clases con el profesor de Agronomía y realizaban unos canteros en la huerta, para lo que sacaban unos ladrillos de una pared que pertenecía a un depósito de herramientas. 

Al hacerlo, el muro se derrumbó y cayó encima del menor y a raíz de las lesiones recibidas le provocaron la muerte.
El niño falleció como consecuencia de un traumatismo grave de cráneo y aplastamiento de tórax y respecto a la responsabilidad atribuible a los acusados, fueron fundamentales los informes brindados por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) y por el  Departamento de Bomberos de la Policía de  Salta, donde se detalla que la pared no cumplía con los requerimientos mínimos tanto de las reglamentaciones de la construcción como así también de las medidas preventivas necesarias tendientes a evitar consecuencias graves, ya que su caída era inminente debido a que no resistía fuerzas laterales que actúan en el plano del muro.

Los imputados se consignó tenían sus correspodientes responsabilidades. La directora Amelia Burgos por su desempeño como directora del Hogar Escuela al momento del hecho. Antonio Eugenio Fanjul era el docente de Agronomía que se encontraba a cargo del alumno al momento de ocurrir la desgracia.

Mientras que Roberto Félix Ríos cumplía la tarea de supervisor de mantenimiento, Héctor Carlos Usqueda era el jefe de la división de Conservación y José Leandro Villalobos como personal de maestranza. De todos los elementos probatorios incorporados y valorados acabadamente, surge evidente que los acusados han violado el deber de cuidado que pesaba sobre ellos al encontrarse en una posición de garantes respecto a la seguridad de los niños del Hogar Escuela.

10 años a la cárcel

Un hombre penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la convivencia recibió una condena de 10 años a la cárcel . HDB (40)   permanecerá en la cárcel de Orán, conforme al fallo del  juez Aldo Primucci, vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán. Mañana se realizará la audiencia en la cual se dará lectura a los fundamentos de la sentencia. La denuncia fue radicada en  Hipólito Yrigoyen por los directivos de la escuela donde concurría la menor, que era sobrina del hombre. La niña de 9 años le contó a su maestra de educación física que su tío abusaba de ella.

Abusador irá 8 años a prisión

Un sujeto fue condenado a ocho años y seis meses de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante y agravado
La jueza Carolina Sanguedolce, vocal de la Sala III del Tribunal de Juicio, dictó la  condena a C.D.M. (40) por resultar autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por su duración en el tiempo y por las circunstancias de su realización, agravado por el vínculo y la convivencia.

La jueza ordenó que el condenado sea trasladado a la Unidad Carcelaria 1 y recomendó que realice tratamiento psicológico, conforme a lo dictaminado con la profesional que evaluó al imputado. C.D.M. es pareja de la madre de la víctima. El imputado había reconocido a la menor legalmente como su hija.

Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de la menor y su derecho a la intimidad y confidencialidad. 

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