PROCEDIMIENTO ESPECIAL

Primera audiencia de flagrancia en la Cámara de Apelaciones

El primer día hábil del 2017 se llevó a cabo también la primera audiencia de la Cámara de Apelaciones de Salta, por delitos en flagrancia.

NDS |

La ley 27.272 de estupefacientes dispone la aplicación de un procedimiento especial para los casos de flagrancia.
La ley 27.272 de estupefacientes dispone la aplicación de un procedimiento especial para los casos de flagrancia.

Flagrancia es un delito  cuyo significado está referido a algo que flagra, es decir, que arde o que resplandece como el fuego. El concepto se utiliza para nombrar algo que se está ejecutando en el momento o que resulta tan evidente que no necesita pruebas.

En este caso, es un delito referido a la contravención de la ley 27.272 de estupefacientes, que dispone la aplicación de un procedimiento especial para los casos de flagrancia.

La audiencia oral y pública fue encabezada por el juez en feria Julio Bavio, además de la participación del fiscal Federal Ricardo Toranzos. La imputada contaba con la defensa de Ana Clarisa Galván Muñoz.

El hecho se produjo el 31 de diciembre del 2016 en la cárcel federal de General Güemes, donde la imputada intentó ingresar con droga que tenía en su cuerpo. Al inicio de la audiencia el juez otorgó la palabra a Toranzos, quien informó sobre la acusación a la mujer. La defensora solicitó la libertad condicional, a lo que se hizo lugar bajo caución.

El viernes a las 12 se producirá la audiencia de clausura, en la que se informará sobre una serie de diligencias probatorias solicitadas, tras lo cual y en un término de cinco días, se dará por  terminada la instrucción y se pasará al juicio oral.

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