REVÉS DE LA CORTE DE JUSTICIA

Rechazan un recurso de queja en la causa Javier Trogliero

La Corte de Justicia de Salta desestimó el recurso de queja presentado por la querella en el caso Trogliero, en el que se cuestionaba la absolución que recibieron Mario Del Barco y Sebastián Guitián, por el supuesto encubrimiento en el homicidio del joven.

El recurso de queja rechazado por la Corte cuestionaba la absolución que recibieron Mario Del Barco y Sebastián Guitián en la causa Trogliero.
El recurso de queja rechazado por la Corte cuestionaba la absolución que recibieron Mario Del Barco y Sebastián Guitián en la causa Trogliero.

La querella que representa a los familiares de la víctima Javier Trogliero, presentaron la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, en la resolución de la Sala I del Tribunal de Impugnación.

En el fallo de Impugnaciones se denegaba el cuestionamiento por cuanto no se exponían de manera fehaciente, las motivaciones que señalaban que tanto Mario Del Barco como Sebastián Guitián habían encubierto a Juan Carlos Gómez Paz, por el homicidio de Trogliero. Por esta situación se los benefició con la excusa absolutoria por amistad íntima prevista en el art. 277 inc. 4º del Código Penal.

La Corte entendió que la decisión adoptada transgrede el principio de razonabilidad y olvida principios tales como los de buena fe e “in dubio pro actione”.

El hecho que llegó al más alto organismo judicial de la Provincia,  ocurrió el 30 de junio del 2013 en una casa del barrio el Huaico, donde los tres hombres participaron de una fiesta en la que bebieron hasta la madrugada y tras una discusión Trogliero y Gómez Paz, se trenzaron una una feroz pelea, donde el primero recibió heridas provocadas con una navaja que empuñó el segundo, que le provocaron heridas profundas, graves y fatales.

El juicio se llevó adelante en septiembre del 2016 y en diciembre del año pasado llegó a Impugnaciones que confirmó la sentencia de once años para Gómez Paz por ser responsable del homicidio simple de Trogliero y de absolución para Del Barco y Guitián, quienes fueron juzgado por el delito de encubrimiento. Con la reserva para la querella de llegar a la corte, y en su defecto de elevar la petición a nivel federal.

Los jueces de corte Guillermo Alberto Catalano -Presidente-, Ernesto R. Samsón, Sergio Fabián Vittar y Guillermo Alberto Posadas- en su análisis del fallo casatorio entendieron que la Sala I del Tribunal de Impugnación examinó con minucioso cuidado todos y cada uno de los elementos probatorios que se ingresaron al debate, como así también la calificación legal atribuida al hecho, los que luego de su ponderación merituaron la confirmación de la sentencia dictada por la Sala II del Tribunal de Juicio, circunstancia que permite afirmar que aquel derecho que la querella dice haberse afectado, se encuentra en el caso debidamente amparado.

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