CAMARA DE SENADORES

Registro Público de Procesos Colectivos en la Corte de Justicia

Conforme estaba fijado en el Orden del Día el Senado sancionó ayer en definitiva dos leyes que regirán en el ámbito de la Justicia local.

NDS |

Momento de la sesión del Senado que presidió el senador Mashur Lapad.
Momento de la sesión del Senado que presidió el senador Mashur Lapad.

Un tercer proyecto recibió media sanción y se derivará a la Cámara de Diputados en revisión. En primera instancia  se aprobó la creación del Registro Público de Procesos Colectivos, como órgano dependiente de la Corte de Justicia.

Este  funcionará con carácter público, gratuito y de acceso libre, y respecto de los procesos radicados ante los tribunales de todos los distritos judiciales del territorio salteño. También se convirtió en ley el proyecto que  modifica el artículo 3o de la Ley 7.624 sobre recusación de jueces.

El texto de ese artículo expresa: no procederá la recusación sin expresión de causa respecto a los Jueces de los Juzgados creados en los artículos 1º y 2º, mientras exista un solo Juzgado de Primera Instancia en las materias Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia, con asiento en las ciudades de Cafayate y Joaquín V. González.

En caso de impedimento, inhibición o recusación, el Juez de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Personas y Familia y de Garantías, con asiento en la ciudad de Cafayate, será reemplazado por los Jueces de Garantías con asiento en la Capital y conforme sorteo.

Mientras que los jueces con asiento en la ciudad de Joaquín V. González se reemplazarán recíprocamente. En caso de ausencia de ambos, se seguirá el orden establecido en las respectivas leyes orgánicas”.

Sorteo de conjueces

En cuanto al tercer proyecto de ley -en este caso el que tuvo media sanción- corresponde a una iniciativa de la Corte de Justicia contenida en la Acordada Nº 12.099/16, por la cual se modifica el primer párrafo del artículo 33 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 5642, modificado por Ley N° 7718. 

En consecuencia se establece lo siguiente: “Art. 33.- Conjueces. En todos los casos en que corresponda integrar tribunales de la Provincia o reemplazar magistrados por conjueces, éstos serán designados por sorteo de la lista por fuero e instancia de abogados de la matrícula que cada dos años deberá confeccionar la Corte de Justicia de una nómina propuesta por el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia.  Refiere que dicha lista mantendrá su vigencia hasta el dictado de la posterior correspondiente”.

En todos los casos sobre los proyectos de ley que sancionó anoche el Senado Provincial tuvieron el dictamen favorable de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones que es presidida por el senador Jorge Soto (La Viña-PJ).

Sesión Especial

El senador Jorge Soto, titular de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones solicitó  anoche al cuerpo la aprobación para que se desarrolle una Sesión Especial.

Lo hizo luego de presentar el dictamen favorable de Comisión para que el cuerpo legislativo de acuerdo al pliego remitido por el Poder Ejecutivo para la designación de la  Dra. Julia Elena Gómez Saravia en el cargo de Defensor Oficial Civil Nº 3, del Distrito Judicial del Centro.

Los senadores de los diferentes bloques (PJ, PV, PRS y UCR) dieron acuerdo al pliego de Gómez Saravia a excepción de la senadora Gabriela Cerrano (Capital-PO) que votó por la negativa.

Rechazan declaración sobre Martinez Frugoni

Un proyecto de Declaración de autoría de la senadora Gabriela Cerrano (Capital-PO) no tuvo respaldo de la Cámara Alta. Se proponía rechazar la postulación de Carlos Martínez Frugoni para ocupar el cargo de Juez Federal para el Distrito Judicial de Tartagal.

La legisladora opositora consideró que de los cinco postulados Frugoni era el último por sus méritos y el único que tiene sanciones en su carrera judicial, sin embargo fue postulado. 

El senador Diego Pérez (Rosario de la Frontera-PJ) propició el rechazo del proyecto indicando que no compete al Senado este tema y que en cuanto a si los antecedentes son nocivos no le consta a este cuerpo.


  

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