En el tratamiento de la Ley sobre el Régimen de Promoción Ganadera en Salta, el senador Francisco D´Andrea (Chicoana-Bloque Independiente), planteó su oposición al artículo 2° del Capítulo I, que establece que se faculta “al Poder Ejecutivo a crear una Sociedad Anónima con participación estatal o cualquier otro tipo de entidad con personería jurídica, que tenga por objeto establecer los valores referenciales de los granos destinados a la transformación en carnes, leches, huevos y sus derivados en la región”.
Esta postura fue acompañada al momento de la votación por las senadoras Ana Guerra (Cafayate) y Ber-ta Gerónimo (Cachi), ambas del bloque de la UCR.
Esta legislación acompaña el impulso a la producción ganadera y las posibilidades de la Provincia para alcanzar nuevos mercados para la exportación de productos cárnicos.
En relación al cuestionado artículo 2, en el caso de la conformación de la sociedad anónima, se establece que ese organismo podrá fijar precios referenciales para los diferentes productos provenientes de las economías regionales.
La autoridad de aplicación del presente Régimen de Promoción, será el ministerio de Ambiente y Producción Sustentable, a través de la Secretaría de Asuntos Agrarios, o el organismo que en el futuro lo reemplace.
Se añade que el régimen que se instituye, comprende la implementación de herramientas financieras y de fomento adecuadas a los fínes de cumplir con el objeto de la presente ley, tales como líneas de crédito e incentivos para la compra de vientres y reproductores, compra de terneros y reproductores en remates y ferias, líneas de fomento y financiamiento para la compra de granos salteños con destino a engorde, y de-más herramientas.