SECSA propiedad de un empresario local, que también tiene en calidad de acusados a Sebastián Héctor Silva, empleado de esta firma; a su presidenta, Camila Muñoz, y a su director suplente, Gerardo Rubén Romero.
También está involucrada la firma Arcadio Obras Eléctricas SRL, otra contratista mencionada en las irregularidades investigadas en este proceso. Romero y otro imputado, Jorge Luis Bonifacio, figuran como integrantes de esta SRL.
En la causa también está imputado el ex funcionario municipal Aníbal Anaquín. La AFIP determinó que SECSA había computado facturas de contribuyentes apócrifos y había duplicado otras facturas por montos de facturación (correspondientes a los períodos 2016 y 2017) que rondarían los 30 millones de pesos. Luego, amplió su denuncia por operatorias de personas físicas y jurídicas consistentes en la obtención de adjudicaciones de obras públicas con sobreprecios a través del direccionamiento por parte de funcionarios públicos municipales y provinciales.
Bavio consideró que estos hechos exhiben "una presunta asociación delictiva destinada a desviar fondos" del Estado Nacional, la provincia y el municipio de la ciudad de Salta. Del Estado nacional, a través de la evasión, de la utilización de personas sin capacidad económica y del uso de facturas apócrifas. Y de la provincia y el municipio, desviando recursos mediante distintos delitos de defraudación vinculados "a la obra pública tanto municipal como provincial".
“Retornos”
Además, sostuvo que de la denuncia "surgiría un pedido de 'retornos' por parte de funcionarios, los cuales se ocultarían en la empresa o empresario pagador, detrás de la utilización de facturas apócrifas". Por su parte, el fiscal Toranzos apeló la resolución de Bavio, por entender que estos hechos no pueden investigarse de manera separada.
El fiscal general Eduardo Villalba, en tanto, acompañó este planteo. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones de Salta le dio la razón a Bavio. La fiscalía, la defensa de Muñoz y Silva, a cargo del abogado José Fernando Teseyra, y la AFIP, que es querellante en este proceso, recurrieron a Casación pidiendo que se revierta la decisión de separar la causa.
Casación rechazó estos recursos debido a que no cumplían con los requisitos previstos para este trámite. En el caso del recurso de la AFIP, el tribunal de Casación desestimó este planteo por considerar que el organismo no estaba legitimado para hacerlo porque su solicitud para ser tenido como querellante fue posterior a la resolución del juez Bavio, en la que decidió dividir la investigación.