SUFRIÓ UN DURO TRASPIÉ

La Defensoría Oficial de Salta celebra del veto parcial a las "normas procesales transitorias"

Pese a la movida mediática, tanto de la Corte de Justicia como de la Procuración General en busca de afianzar, con distintos nombres, la "justicia digital", el gobernador de la provincia, Gustavo Sáenz entendió que aún resta un trecho para llegar a ese escenario informático, por lo que vetó de manera parcial la ley denominada "Normas procesales transitorias".

Defensor General de la Provincia, Pedro García Castiella
Defensor General de la Provincia, Pedro García Castiella

Por medio de este veto parcial,la cual, casualmente, auspiciaba la digitalización judicial. El Gobernador revalidó el debido proceso y el derecho de defensa, garantías que fueron señaladas en riesgo por parte del propio Defensor General de la Provincia, Pedro García Castiella, quien de esta manera pasó a ocupar un papel, valga la paradoja, relevante en los proyectos que, por años, la Corte de Justicia y la Procuración General manejaron a su antojo.  

A través de un comunicado, la defensoría celebró la decisión del Gobernador, quien dispuso eliminar del texto de la ley, el párrafo que dejaba librado al criterio de cada tribunal, la remisión del expediente papel ante la oportunidad de las vistas y traslados, indispensable para mantener la gestión regular mínima del acceso a la justicia.

Cabe señalar que la ley en cuestión, 8.196, se gestó a partir de una serie de acordadas impuestas por la Corte de Justicia como parte de las medidas sanitarias en el marco de la pandemia de coronavirus reinante, las que luego, ante el reclamo de arbitrariedad, fueron enviadas a la Legislatura a fin de alcanzar el rango de ley, hecho que solo fue un trámite, ya que el texto no fue debatido, lo que generó no solo la preocupación del Defensor General, sino también del Colegio de Abogados, institución que pidió el veto total.

En un comunicado oportuno, García Castiella advirtió sobre el avasallamiento de derechos que traería aparejado la cuestionada ley.

"En efecto y haciendo uso de un sano criterio institucional y republicano se fundamentó dicho veto parcial advirtiendo que en la actualidad no se cuenta aún con el expediente judicial con soporte digital, y que, durante un eventual pe-ríodo de transición hasta lograr su materialización, debe velarse por el derecho de tomar conocimiento de las actuaciones judiciales", reza el comunicado.

Este requisito, agrega el comunicado es "inescindible del derecho de defensa en juicio".

"Mientras no exista el expediente digital, el acceso al expediente judicial resulta indispensable para la intervención procesal y defensa de los derechos de la persona". Por otro lado, señaló la defensoría, se procedió a rectificar la modalidad propuesta de acreditación de la personalidad de los participantes en los actos procesales, sosteniendo la imperiosa necesidad de asegurar la certeza de la identidad de la persona, y en resguardo del valor probatorio de los actos procesales, citando la Ley Nacional N° 17.671. Desde la Defensoría General de la Provincia se auspicia y acompaña todos los proyectos de procesos de modernización digital necesarios y enderezados a lograr un mejor servicio de justicia y la promoción del acceso al mismo por parte de toda la sociedad, sin exclusiones de ninguna naturaleza. En el proceso de tránsito hacia el anhelado expediente digital o cualquier proyecto que aspire a mejorar la calidad del servicio de justicia, nada debería quedar en el camino; menos aún la vigencia del debido proceso por donde deben transitar y resguardarse los derechos del destinatario del servicio de justicia: el ciudadano común. 

Asimismo, recordó que "las herramientas tecnológicas son medios para el logro de un mejor servicio de mejor Justicia, y no fines en sí mismo". 

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