ACAMPE DEL GRUPO FAMILIAR

Otra polémica orden de desalojo de una familia de Tastil

Los integrantes del Pueblo Tastil decidieron acampar e instalarse cerca del lugar en donde el juez de Garantías Nº 4, Diego Rodríguez Pipino, ordenó el desalojo de una familia originaria y que forma parte de la Comunidad Los Alisos, y que vivió en esa casa desde siempre.

NDS |

Esta vez fue el juez Rodríguez Pipino ignoró lo establecido por la Ley 26.160 que enmarca la Emergencia Territorial.
Esta vez fue el juez Rodríguez Pipino ignoró lo establecido por la Ley 26.160 que enmarca la Emergencia Territorial.

Según la abogada de la comunidad, Verónica Huber, en la resolución de Pipino se observaron algunas presuntas parcialidades del magistrado al momento de tomar la decisión.

En primer lugar, el juez Rodríguez Pipino ignoró lo establecido por la Ley 26.160 que enmarca la Emergencia Territorial de las zonas ocupadas por comunidades originarias y que establece la suspensión de los desalojos.

El juez tomó la acusación del fiscal que indicó en su dictamen que "el director de Registro de Comunidades Indígenas del Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social informó que los acusados no se encuentran registrados ni tampoco figuran en el censo poblacional de ninguna de las comunidades en cuestión".

"Esa prueba fue rectificada por el mismo Ministerio", dijo Huber al recordar que, de todos modos, la cartera provincial no tiene la entidad suficiente para establecer cuál es una comunidad originaria y cuál no.

"La comunidad está relevada desde el Equipo Técnico (Operativo-ETO), que es el que hace el trabajo a nivel nacional y fue uno de los primeros relevamientos", dijo la abogada.

Sin embargo, el Ministerio de Asuntos Indígenas, según Huber, rectificó la información cuando se dio con el hecho que la familia desalojada, de apellido Martínez, había estado integrando la comunidad Tastil desde los inicios de la organización, cuando solicitaba la personería jurídica, en 2006.

Sumó a esta irregularidad el hecho de que el juez sostuvo la causa contra Isabel y Enrique Martínez.

Esta segunda persona "no es conocida por nadie, e incluso la policía informó que nunca lo encontró". Pese a ello, el juez desalojó a una persona que al menos en estas tierras no vive, y no se conoce si existe.

También apuntó contra una resolución que se expide sobre una porción del territorio, cuando por Ley se establece que un territorio comunitario es indivisible.

Sumó como hecho final que la defensa de la familia desalojada fue notificada sin tiempo para presentar un recurso que suspenda la medida. Por el contrario, se enteraron del desalojo por un comunicado de prensa que luego fue publicado en los medios.

Ante ello, la comunidad continuará cercana a la zona en donde se hizo el desalojo y no descartó la posibilidad de disponer un corte sobre la ruta nacional 51 a fin de realizar el reclamo pertinente en contra de la resolución judicial. 
 

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