La Directora de Coordinación Epidemiológica del Ministerio de Salud Pública, Analía Acevedo, aclaró los siguientes puntos referidos al diagnóstico:
- La prueba de PCR se realiza sólo a personas que sean consideradas como un caso sospechoso de COVID-19.
- Para sospechar de COVID-19, la persona debe presentar al menos dos de los siguientes síntomas: Fiebre superior a 37,5 grados, tos, dificultad respiratoria, dolor de garganta, dolor de cabeza, dolor de cuerpo, decaimiento, náuseas, vómito, diarrea, sin causa que explique el cuadro clínico, pérdida repentina del gusto u olfato sin motivo aparente.
- En concordancia con el Ministerio de Salud de la Nación, se considera como caso confirmado por criterio clínico y epidemiológico a toda persona que presente dos de estos síntomas y sea contacto estrecho de un caso de COVID.19 confirmado, o pertenezca a un conglomerado donde se encuentre un caso positivo. En ese caso, no se realiza la PCR.
- Las personas que sean contacto estrecho de un caso confirmado de COVID-19 y se encuentren sin síntomas, deben aislarse automáticamente durante 14 días. En ese caso, tampoco se realiza la PCR.
- Si en el transcurso del período de aislamiento aparecen síntomas, la persona aislada es diagnosticada como caso confirmado de COVID-19 por criterio clínico y epidemiológico.
- Sí se procurará realizar PCR a quienes presenten síntomas y tengan criterios clínicos de internación, personas con factores de riesgo, personas gestantes, trabajadores de la salud, personas fallecidas sin causa definida.
-La toma de la muestra para PCR, consistente en el hisopado nasofaríngeo, se puede realizar en hospitales o centros de salud o laboratorios privados previa consulta médica. El procesamiento de la muestra se hace, en el caso del sector público, en los laboratorios de los hospitales: Señor del Milagro, Arturo Oñativia, Papa Francisco y San Vicente de Paul de Orán.
- El alta de aislamiento a personas que han cumplido el aislamiento domiciliario o en hoteles la otorga quien tuvo el seguimiento del caso: profesional médico que intervino o quien haya hecho el seguimiento a través de la aplicación SaltaCovid.
- Cabe aclarar que, hasta el momento, no existe tratamiento específico para COVID-19 y sólo se tratan los síntomas de la enfermedad. En cuanto a la prueba de PCR, sólo tiene importancia para el diagnóstico con fines epidemiológicos y no modifica el estado clínico del paciente. Por lo tanto, son las autoridades sanitarias quienes deben decidir en qué casos se realizarán.