La comisión de Salud Pública y Seguridad Social unificó el proyecto proveniente en revisión de la Cámara de Diputados con el de autoría del senador José Ibarra (Guachipas-Salta tiene Futuro) incorporándole cambios.
El texto que sancionó el Senado con el dictamen otorgado por la comisión de Salud Pública y Seguridad Social establece lo siguiente:
Artículo 1°.- Adhiérese la Provincia de Salta a la Ley Nacional 27.548 – denominada “Ley Silvio”, Programa de Protección al Personal de Salud ante la Pandemia de Coronavirus COVID-19.
Art. 2º.- El Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Salta, o el organismo que en un futuro lo reemplace, será la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.
Art. 3º.- Facúltese al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias a efecto de dar cumplimiento a lo estipulado en la presente Ley.
Art. 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputarán a las partidas presupuestarias correspondientes del ejercicio vigente.
Art. 5º.- Invítase a los municipios de Salta a adherir a la presente Ley.
La ley Silvio se aprobó en Nación a instancias del diputado Eduardo “Bali” Bucca en homenaje a Silvio Cufré, primer enfermero muerto por coronavirus en provincia de Buenos Aires.