Dentro de este régimen están incluidas las personas que presten servicios o ejecución de tareas de limpieza, de mantenimiento u otras actividades típicas del hogar, la asistencia personal y acompañamiento a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador, así como el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad.
De esta manera, el personal para tareas generales (prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y en general, toda otra tarea (típica del hogar) jornalizado, cobrará por hora $89,50. Con jornada parcial, por hora $55,23.
Un trabajador jornada completa con retiro del domicilio de trabajo, $11.046,50; en tanto cama adentro, percibirá un sueldo mensual de $12.283,50.
Quienes se desempeñan en asistencia y cuidado de personas (comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas enfermas, con discapacidad, niños, adolescentes o adultos mayores): de manera jornalizada cobrará $96 por hora. Con jornada parcial, $61,42, por hora.
La jornada completa con retiro del lugar de trabajo, será remunerada en $12.283,50; y si no se retira del lugar de trabajo (cama adentro), el salario será de $13.551,50.
Los caseros (personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo), tendrán un sueldo mensual de $12.283,50.
Un supervisor (coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a cargo), jornalizado cobrará $108 por hora y con jornada parcial, $67,76 por hora.
La jornada completa con retiro del lugar de trabajo, se abonará $13.551,50 y si la persona trabaja sin retirarse del lugar de trabajo (cama adentro), $15.095.
El personal para tareas específicas (cocineros contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad) cobrarán jornalizados, $102 por hora, y con jornada parcial, $62,95. En tanto la jornada completa con retiro del lugar de trabajo, $12.590. Si el trabajador no se retira del domicilio, el sueldo mensual será de $14.014,50.
Se indicó que quienes deseen concretar el trámite para obtener la libreta de trabajo reglamentaria y obligatoria para personal en relación de dependencia o recibir asesoramiento, deberán acercarse a las oficinas de la Secretaría de Trabajo y Empleo en calle Bolívar 141, en Salta Capital.
El horario de atención es lunes, miércoles, jueves y viernes de 8 a 14, mientras que los martes será de 8 a 19. También podrán comunicarse con los teléfonos 0387-4318451-4318454 y solicitar el interno del Programa Servicio Doméstico.
El último aumento registrado para este sector, fue del 5% en diciembre del año pasado para todas las categorías.