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Enrique Cornejo Cámara de Tabaco de Salta

Efectivamente como usted decía los productores de las 7 (siete) provincias, que cultivan tabaco en la Argentina nos estamos convocando en la ciudad de Buenos Aires  el próximo 19 y 20 de septiembre a los fines de solicitarle a los diferentes poderes de estado de que se cumpla con esta ley de del impuesto interno mínimo grava a la manufactura del producto de tabaco, especialmente a los cigarrillos y nosotros vamos a peticionar en el poder judicial de la nación de e que los jueces interiores  de primera instancia y Cámara Federal respeten el fallo que emitió nuestra corte suprema de Justicia de la Nación el año pasado y donde convalido el impuesto interno mínimo y  también vamos a ir al congreso de la nación para solicitarle  a los legisladores nacionales d de que se apruebe una ley que incorpora a la tributación de Fondo especial de tabaco a  los productos de tabaco calentado al tabaco para armar al raspeig, todo manufactura del tabaco – Que hoy no están tributando!

No porque la ley de año 1973 no  lo incorporó, hoy tributan al Fondo Especial del Tabaco solamente los cigarrillos pero nosotros vemos que con este notado por parte de un conjunto de empresas cigarreras de este impuesto mínimo no solamente se afecta la integración de los recursos del fondo especial del Tabaco sino se está afectando en un nivel muy significativo las Arcas del Tesoro Nacional y por ende al ser este impuesto coparticipable con las provincias se están desfinanciando las 24 provincias y la ciudad de Buenos Aires, pero es importante recordar que este  impuesto interno mínimo data del año 2011 y se legisló por un proyecto de Ley de la entonces presidenta Cristina Fernández, que argentina lo incorporó en función de una pauta  de la organización Mundial de la Salud  en la comunidad internacional no se  discute y hay experiencia mundial comprobada que los productos de tabaco deben de tener un precio alto y como uno obtiene un precio alto, aplicándole un impuesto interno mínimo y Argentina

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