El Municipio reglamentó el procedimiento para responder pedidos de informe
La Secretaría Legal y Técnica de la Municipalidad de Salta reglamentó la forma en que se responderán los pedidos de informe de parte del Concejo Deliberante.
La resolución emitida por la comuna, responde a la modificación aprobada por el cuerpo de concejales sobre el artículo 3 de la norma Nº 10.371, -Contestación de las Solicitudes de Informe-.
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Este cambio, eleva el monto de las multas por la falta de contestación en término y/o forma por parte del funcionario del Departamento Ejecutivo Municipal de los pedidos que realizan los ediles.
“Resulta adecuado, a los fines de una mejor aplicación de la norma referida, precisar el concepto formal del que se hace uso en la disposición contenida“, indicó en los argumentos de la resolución el funcionario Fabio Núñez Najle.
El Ejecutivo estableció requisitos que los funcionarios deberán cumplir antes de elevar un informe al Concejo Deliberante.
Estos requisitos son:
- a) La contestación se debe dar por escrito y remitirse tanto en soporte papel como digital.
- b) La contestación en soporte digital deberá contener únicamente las piezas pertinentes, en formato PDF o similar, de modo tal que no pueda modificarse su contenido.
- c) El informe que se elabore, debe compartirse por parte del funcionario del área en cuestión.
- d) El pedido de prórroga del plazo para dar respuesta a lo solicitado se debe hacer por parte del funcionario del área en cuestión.
- e) Las actuaciones en su totalidad deben ser remitidas a la Secretaría Legal y Técnica o dependencia que en el futuro la reemplace a fin que, por dicha área, se giren las mismas al Concejo Deliberante.