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Absuelven por la duda a García Viarengo por la muerte de Nair Klimasauskas en Orán

Durante la jornada del lunes en la audiencia de debate, los fiscales Carreras y Cabot sostuvieron la acusación contra García Viarengo, fundamentando en la extensa carga probatoria producida durante el debate y solicitaron que sea condenado a la pena máxima que prevé el Código Penal Argentino.

Posteriormente la querella, en representación de los familiares de la víctima adhirió al pedido de los representantes del Ministerio Público Fiscal, y solicitaron la pena de prisión perpetua, en tanto la defensa técnica del acusado sostuvo su inocencia y solicitaron sea absuelto en forma lisa y llana y de forma subsidiaria sea absuelto por la duda.

Luego de escuchar las palabras del imputado Gustavo García Viarengo, los jueces de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán, integrado por Norma Roxana Palomo, Aldo Primucci y Aníbal Burgos Gruseghini, pasaron a deliberar para posteriormente dar a conocer el veredicto de la causa.

Gustavo García Viarengo llegó a juicio imputado como presunto autor del delito de homicidio agravado por haber existido relación de pareja y haber sido perpetrado por un hombre mediante violencia de género, hecho ocurrido el 19 de febrero de 2023 en la ciudad de Orán.

Tras el cuarto intermedio, el Tribunal dio a conocer el veredicto, donde se absolvió por el beneficio de la duda por mayoría, con disidencia de uno de los miembros, a Gustavo García Viarengo, del delito por el que llegó acusado y ordenaron su inmediata libertad.

Fallo

Los jueces Palomo, Primucci y Burgos Bruseghini aplicaron el principio universal del “in dubio pro reo”, absolviendo al imputado del delito de homicidio agravado por la relación de pareja y por mediar violencia de género, tras un exhaustivo análisis de las evidencias presentadas en el juicio. La decisión se fundamenta en que no fue posible desvirtuar el estado jurídico de inocencia del ciudadano, en estricta aplicación del principio constitucional de presunción de inocencia, según el cual toda persona es considerada inocente hasta tanto su culpabilidad no sea establecida legalmente mediante sentencia condenatoria firme. El voto en disidencia fue emitido por el juez Aníbal Burgos Bruseghini.

La decisión entiende las garantías constitucionales, determinando que, ante la falta de certeza absoluta, el beneficio de la duda debe inclinarse a favor del acusado. La sentencia completa se conocerá la próxima semana.

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