Del Frari seguiría en carrera para la Defensoría del Pueblo de la ciudad de Salta
El proceso para designar al próximo Defensor del Pueblo de la ciudad de Salta sumó un giro determinante: el dictamen técnico-jurídico elaborado por el asesor del Concejo Deliberante.
El asesor Ernesto Miguel Aráoz, concluye que no correspondería hacer lugar a las impugnaciones presentadas contra la candidatura del ex concejal Martín Del Frari. El análisis, no vinculante, despeja un obstáculo central para el aspirante más controvertido del proceso y lo mantiene firme en la disputa por un lugar en la terna final.
El documento será clave en la discusión que enfrenta desde hace semanas a la Comisión del Defensor del Pueblo, donde conviven lecturas políticas divergentes y donde algunos concejales sostienen un abierto rechazo a la postulación de Martín Del Frari. Sin embargo, desde la perspectiva técnica, el camino quedaría habilitado para que continúe en competencia, y las polémicas se reabren.
El dictamen al que accedió Nuevo Diario, dedica varias páginas a un análisis fino del marco normativo que regula la designación. El punto neurálgico es la interpretación del artículo 10 de la Ordenanza 14.501, que establece que “el cargo de Defensor del Pueblo es incompatible con cualquier cargo público”.
La discusión jurídica se centra en cuándo opera esa incompatibilidad. Aráoz sostiene que la norma se refiere al ejercicio del cargo y no a la instancia previa de postulación. Es decir, una persona puede inscribirse aún siendo funcionaria o concejal, siempre que renuncie antes del acto de designación o antes de tomar posesión. Esa lectura —avalada por jurisprudencia reciente de la Corte Suprema en el caso del juez Ariel Lijo— es la que permite afirmar que la candidatura de Del Frari no estaría viciada por el hecho de haber sido concejal al momento de inscribirse.
Para el asesor jurídico, el principio general es claro: “correspondería no hacer lugar a las impugnaciones” porque la renuncia posterior, pero previa a la designación subsana la incompatibilidad.
Aráoz lo sintetiza en su recomendación final: “La ordenanza que regula la designación del Defensor del Pueblo no exige expresamente la no existencia de cargo público al momento de la inscripción”.
El dictamen añade que toda decisión final pertenece a la comisión evaluadora, pero jurídicamente la impugnación no tendría sustento sólido. En ese marco, y si bien se desestiman los planteos, el clima político que rodea la postulación de Del Frari continúa cargado de tensiones.
Cabe recordar que, durante septiembre, la Multisectorial de Mujeres de Salta y organizaciones feministas presentaron una impugnación pública —fuera de plazo, pero con la intención de ser considerada como aporte informativo— que recuperó denuncias, antecedentes periodísticos y episodios de violencia política de género ocurridos entre 2018 y 2024.También cuestionaban el proceso mismo, al que calificaron de apresurado y poco transparente.
A esto se suma otra voz fuerte: la postura de la concejal Agustina Álvarez, quien ya adelantó públicamente que votará en contra del ex edil: “Necesitamos a alguien que defienda a los ciudadanos, no que busque quedar bien con el gobierno. La renuncia de Del Frari fue extraña y el proceso no es claro”, viene denunciando sistemáticamente.
Las objeciones políticas y sociales existen, son fuertes, y representan un sector importante del debate público. No obstante, ninguna de ellas, según el dictamen jurídico, tiene la potencia normativa necesaria para invalidar la candidatura.
La clave política que habilita la continuidad
Una parte del análisis jurídico incluye la verificación —ya realizada por Aráoz, aunque pendiente de agregarse formalmente al expediente— de que Del Frari efectivamente renunció a su banca antes de cualquier posible acto de designación. De ese modo, cumpliría con la condición interpretada como válida: no ejercer cargo público en el momento de asumir, requisito que la ordenanza exige y que, según el dictamen, es el único exigible. Esto explica por qué, incluso con el fuerte ruido político, Del Frari sigue en carrera.
En manos de la Comisión
El dictamen no es vinculante y la Comisión del Defensor del Pueblo —presidida por Gonzalo Corral e integrada por Gonzalo Nieva, Arnaldo Ramos, Laura Jorge Saravia y Malvina Gareca— será la que decida si Del Frari queda o no dentro de la terna que luego deberá votar el pleno del Concejo. Para Aráoz, desde la legalidad, la postulación es válida; para una parte de la política y de las organizaciones sociales, no lo es éticamente. Mientras tanto, el proceso continúa: de los 23 aspirantes iniciales, 21 siguen en carrera tras detectarse irregularidades en dos perfiles.
Más adentro que afuera
El análisis técnico dejó un mensaje nítido: no hay impedimento normativo para que Del Frari continúe.
A eso se suma otro factor político: la comisión había confirmado semanas atrás que el ex edil “sigue en carrera” y que tendrá instancia formal de descargo antes de la decisión final.
Aunque enfrenta cuestionamientos públicos muy fuertes, el único dictamen jurídico requerido por la comisión lo favorece de manera directa.
La última palabra será política. Pero, con el dictamen sobre la mesa, el proceso se encamina hacia un escenario concreto:
Martín Del Frari no solo sigue en carrera, sino que aparece con más chances de llegar a la terna final para Defensor del Pueblo de la ciudad de Salta.



