La Cámara Minera respaldó cambios en la Ley de Glaciares y abrió un tenso debate
Mientras el sector minero salteño pidió precisiones para “evitar incertidumbre jurídica”, especialistas advierten que la discusión excede lo técnico y pone en riesgo el sentido mismo de los presupuestos mínimos ambientales.
El respaldo minero y el pedido de aclaraciones
La Cámara de la Minería de Salta (CMS) expresó su respaldo al objetivo central de la Ley Nacional 26.639 de Glaciares, pero reclamó aclaraciones en su redacción para evitar interpretaciones que generen incertidumbre jurídica y afecten el desarrollo de actividades productivas sin poner en riesgo la protección ambiental.
A través de un comunicado, la entidad manifestó su “total acuerdo y compromiso” con la protección de los glaciares y del ambiente periglaciar que constituyan “reservas estratégicas de recursos hídricos”, tal como establece el artículo 1° de la norma. En ese sentido, sostuvo que existe un consenso unánime respecto de la necesidad de preservar estos ecosistemas clave para el abastecimiento de agua.
Sin embargo, la Cámara advirtió que no todos los glaciares ni todas las geoformas del ambiente periglaciar cumplen necesariamente esa función estratégica. Por ello, consideró necesario que la ley incorpore precisiones que permitan determinar, caso por caso y con sustento en estudios científicos específicos, cuáles formaciones deben quedar alcanzadas por el régimen de protección.
Otro punto central del planteo es la definición del rol de las provincias. La CMS recordó que, según la Constitución Nacional, los recursos naturales son de dominio originario de las provincias, por lo que estas deben tener un papel activo en la determinación y delimitación de los glaciares y ambientes periglaciares protegidos dentro de sus territorios.
Desde la entidad señalaron que una redacción más clara de la ley permitiría compatibilizar la protección ambiental con el desarrollo de actividades productivas y de infraestructura, siempre bajo criterios de sustentabilidad. En ese marco, remarcaron que la eliminación de la incertidumbre normativa contribuiría a generar empleo y a mejorar la calidad de vida de miles de familias, además de aportar al desarrollo económico del país.
La Cámara citó además antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que al analizar la Ley de Glaciares sostuvo que su problemática debe resolverse “por el diálogo federal antes que por la intervención de los jueces”. En esa línea, consideró que es momento de avanzar en una solución concertada entre la Nación y las provincias, mediante una actuación conjunta y coordinada.
En relación con el proyecto de modificación enviado por el Gobierno nacional a la Cámara de Diputados, la CMS detalló que la iniciativa mantiene el principio central de la ley: la protección de los glaciares y del ambiente periglacial como reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas.
El proyecto incorpora una interpretación explícita en consonancia con el artículo 41 de la Constitución Nacional, reconociendo la utilización racional de los recursos naturales por parte de las provincias, en línea con el artículo 124 de la Carta Magna. De esta manera, busca equilibrar la protección ambiental con las competencias jurisdiccionales.
Asimismo, refuerza el rol del Inventario Nacional de Glaciares como herramienta central de la normativa. Según la propuesta, el inventario deberá identificar únicamente aquellos glaciares y geoformas periglaciales que cumplan funciones hídricas estratégicas. Si bien será de consulta obligatoria, no afectará las atribuciones de las autoridades ambientales competentes, introduciendo una mirada más funcional y menos automática sobre las formaciones alcanzadas por la ley.
El proyecto ratifica al IANIGLA como organismo responsable del inventario y monitoreo de glaciares, en coordinación con la autoridad nacional de aplicación. También mantiene la prohibición de actividades que alteren de manera relevante la condición natural de glaciares y ambientes periglaciales, como la liberación de contaminantes, obras de infraestructura —salvo excepciones científicas—, la exploración y explotación minera e hidrocarburífera y el desarrollo de actividades industriales.
Finalmente, se reafirma la obligatoriedad de la Evaluación de Impacto Ambiental previa para cualquier actividad proyectada en glaciares o en el ambiente periglacial. Desde la Cámara de la Minería de Salta subrayaron que la protección de estos ecosistemas no es incompatible con el desarrollo sostenible, siempre que exista claridad normativa y un verdadero diálogo federal.
¿Qué dice el proyecto de modificación?
El Poder Ejecutivo Nacional envió al Congreso un proyecto de ley para modificar la Ley 26.639 de Glaciares con el objetivo declarado de “ordenar el marco normativo vigente” y consolidar un esquema de federalismo ambiental que, según el Gobierno, sea plenamente compatible con la Constitución Nacional. El proyecto propone precisar que el régimen de protección alcance únicamente a los glaciares y ambientes periglaciales que cumplan funciones hídricas estratégicas, ya sea como reservas de agua o como proveedores para la recarga de cuencas hidrográficas. En ese marco, refuerza el rol de las provincias como autoridades competentes para identificar esas formaciones dentro de sus territorios, en línea con el principio de dominio originario de los recursos naturales establecido en el artículo 124 de la Constitución Nacional. El Inventario Nacional de Glaciares seguirá siendo de consulta obligatoria, pero sin carácter automático ni limitante de las atribuciones provinciales. Según explicaron desde el Gobierno, la reforma apunta a equilibrar la protección ambiental con el desarrollo productivo y a destrabar inversiones, especialmente proyectos mineros en la cordillera de los Andes, con foco en el cobre, que hasta ahora encontraban obstáculos bajo la normativa vigente.



