En síntesis, la Ley de Inocencia Fiscal inaugura un nuevo marco de relación entre el Estado y los contribuyentes, con menos controles patrimoniales, menos persecución penal por montos menores y una apuesta fuerte a la formalización de ahorros no declarados.
“Es una ley que busca generar confianza y previsibilidad, pero que también plantea dilemas éticos y de control muy profundos”, resumió Carrizo. El impacto real de la norma dependerá, en gran medida, de cómo se implemente en la práctica y de si logra cumplir su promesa central: dinamizar la economía sin erosionar los mecanismos básicos de control y legalidad.
No obstante, y más allá de los beneficios económicos, López López planteó una advertencia clave: la flexibilización de controles también abre interrogantes sobre el origen de esos fondos. “No todos los dólares del colchón provienen solo de evasión tributaria. En zonas de frontera, como las nuestras, no se puede descartar que algunos tengan origen en delitos más graves, como narcotráfico o trata de personas”, sostuvo.
La relajación de controles cruzados —no solo de ARCA, sino también de organismos como la UIF o el Banco Central— es uno de los puntos más cuestionados por sectores críticos, que advierten sobre el riesgo de legitimar fondos de origen ilícito.
Puntos centrales
La nueva ley establece: Reforma del Régimen Penal Tributario, con nuevos criterios para definir cuándo una conducta constituye delito.
Prioridad en los casos de “evasión relevante”, para concentrar los recursos del Estado en maniobras de mayor gravedad.
Extinción de la acción penal si el contribuyente regulariza su situación fiscal dentro de los plazos establecidos.
Límites al inicio y continuidad de causas penales cuando las facultades del fisco para determinar la deuda ya estén prescriptas.
Presunción de veracidad de las declaraciones juradas presentadas en tiempo y forma, salvo inconsistencias relevantes.
Creación de un Régimen Simplificado de Declaración Jurada, orientado a facilitar el cumplimiento tributario y promover la formalización.
Reducción del plazo de prescripción de las obligaciones tributarias, que pasa de cinco a tres años.
Uno de los cambios más relevantes es la actualización de los umbrales económicos a partir de los cuales una evasión pasa a ser considerada delito penal:
Evasión simple: de $1,5 millones a $100 millones.
Evasión agravada: de $15 millones a $1.000 millones.
Evasión en seguridad social: de $200 mil a $7 millones.
Uso de facturas apócrifas: de $1,5 millones a $100 millones.
Según el oficialismo, la actualización busca corregir el impacto de la inflación, que había dejado desfasados los montos vigentes y ampliado de manera excesiva el universo de contribuyentes alcanzados por el sistema penal.
La ley también introduce cambios en el Régimen Simplificado de Ganancias, con el objetivo de incentivar la formalización y el uso de ahorros no declarados. Entre los puntos más destacados:
Tope patrimonial de hasta $10.000 millones para adherir al régimen.
No obligación de informar variaciones patrimoniales.
Sin control sobre los consumos personales.
ARCA solo cobrará Ganancias sobre los ingresos facturados, sin considerar el crecimiento patrimonial no declarado.
De esa base imponible se deducirán los consumos realizados.
Advertencias a los bancos
Este domingo, Luis “Toto” Caputo hizo una encendida defensa del Banco Nación en sus redes sociales, en detrimento de otros bancos privados y públicos del país que, eventualmente, podrían “romper las p…” al no respetar los principios sostenidos por esa norma votada recientemente en el Senado.
En sus redes sociales, el ministro de Economía no se anduvo con vueltas al defender la Ley y a la entidad financiera nacional, advirtiendo que “si en sus bancos les piden cosas de más (léase, romper las p…), no pierdan su tiempo”. “Pueden ir al Banco Nación, donde su presidente dará la instrucción de cumplir estrictamente con la ley, esto es que la persona sólo tenga que mostrar que se ha adherido al régimen de ganancia simplificado”, indicó el funcionario.



