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La Corte resolvió intervenir en el caso de La Pampa contra Nación por fondos de coparticipación

La provincia solicita la inconstitucionalidad de artículos que permiten la retención de fondos destinados al Tesoro Nacional, exigiendo que se distribuyan de manera automática. La Corte otorgó un plazo de 60 días a la Nación para responder y fijar su posición frente al conflicto financiero

En un fallo de alto impacto institucional, la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió intervenir directamente en el conflicto que mantiene la provincia de La Pampa con el Poder Ejecutivo nacional. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti firmaron la resolución que habilita la competencia originaria del tribunal, evitando así el paso por instancias inferiores al tratarse de una disputa entre un estado provincial y el federal.

La demanda, impulsada por la administración de Sergio Ziliotto, apunta contra el manejo de los fondos del Aporte del Tesoro Nacional (ATN). La Pampa sostiene que el Estado nacional se ha “apropiado indebidamente” de recursos que, por ley, pertenecen a las provincias.

El planteo judicial busca que se declaren inconstitucionales dos artículos de la Ley de Coparticipación Federal. El objetivo es que el 1% de la masa coparticipable, que actualmente nutre el fondo de ATN bajo administración discrecional de la Casa Rosada, pase a distribuirse diariamente y de forma automática entre todas las jurisdicciones del país.

Antecedentes y argumentos legales

Para fundamentar su pedido, el gobierno pampeano citó fallos previos de la propia Corte Suprema, como los casos de Santa Fe y la Ciudad de Buenos Aires, donde el tribunal ya se ha pronunciado a favor de las autonomías provinciales frente a recortes o retenciones unilaterales de fondos por parte del gobierno nacional.

La procuradora fiscal Laura Monti dictaminó que el caso debe ser resuelto por el máximo tribunal, ya que están en juego prerrogativas constitucionales y derechos sobre recursos coparticipables protegidos por el artículo 75 de la Constitución Nacional. Con esta decisión, la Corte asume el rol de árbitro en una puja que podría comprometer miles de millones de pesos del presupuesto nacional.

Tras la notificación oficial, el Ministerio de Economía de la Nación y la Procuración General disponen de 60 días hábiles para presentar sus descargos. El Gobierno nacional deberá justificar por qué mantiene retenidos los fondos o, en su defecto, proponer una instancia de conciliación como la que ya ha solicitado formalmente la provincia de La Pampa para evitar una sentencia definitiva.

Fuente: Infobae

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