Salta

Tras la fuga del “Conejo” Martínez, la Procuración de Salta refuerza las pautas para prevenir escapes

Mediante la Resolución N.º 1770, la Procuración General dispuso nuevas directivas para evaluar el riesgo de fuga y el posible entorpecimiento de investigaciones vinculadas con organizaciones criminales. La medida se conoció en la misma semana en que se fugó el exintendente de Aguas Blancas, aunque en una causa federal.

La Procuración General de Salta estableció nuevas pautas para que los fiscales penales de toda la provincia refuercen la prevención del riesgo de fuga en investigaciones vinculadas con organizaciones criminales. La medida quedó formalizada mediante la Resolución N.º 1770 y se conoció en la misma semana en que se produjo la fuga del exintendente de Aguas Blancas, Carlos “Conejo” Martínez, en el marco de una causa federal.

La resolución apunta a que los fiscales consideren las particularidades de las estructuras criminales al evaluar los riesgos procesales. Según los fundamentos difundidos por el Ministerio Público, estas organizaciones pueden contar con recursos económicos, distribución de funciones, vínculos entre sus integrantes y redes de apoyo que faciliten la evasión de la Justicia.

En ese contexto, la Procuración dispuso que la pertenencia a una organización criminal sea considerada una circunstancia especialmente relevante al analizar el riesgo de fuga, aunque aclaró que la evaluación deberá contemplar las características concretas de cada caso.

Qué deberán evaluar los fiscales

Las nuevas directivas establecen que los fiscales deberán examinar la vinculación de la persona investigada con la organización, el rol que ocupa dentro de ella y los recursos o mecanismos de apoyo a los que efectivamente pueda acceder.

El objetivo es que las decisiones se fundamenten en elementos concretos y no en presunciones generales derivadas de una posible pertenencia a una estructura criminal.

La resolución también incorpora pautas para evaluar el riesgo de entorpecimiento de la investigación. En particular, los fiscales deberán prestar atención a la capacidad de las organizaciones para presionar, amenazar o intimidar a víctimas y testigos, condicionar su colaboración con la Justicia y ocultar, modificar o destruir pruebas.

También deberán considerar la posibilidad de que los integrantes coordinen versiones para obstaculizar el avance de las causas.

En qué casos podrán pedir prisión preventiva

La Procuración indicó que, cuando existan elementos concretos que acrediten riesgos procesales y las medidas menos restrictivas resulten insuficientes para neutralizarlos, los fiscales deberán solicitar de manera fundada la prisión preventiva ante el juez competente.

Sin embargo, la resolución aclara que la vinculación con una organización criminal no implica automáticamente que una persona deba permanecer detenida durante todo el proceso.

Cada situación deberá analizarse de manera individual, teniendo en cuenta el grado de participación del investigado, las circunstancias particulares de la causa y los riesgos procesales efectivamente identificados.

Las nuevas pautas buscan fortalecer los criterios de actuación de los fiscales en investigaciones complejas, con especial atención a las posibilidades de fuga y a las maniobras que puedan afectar la producción de pruebas o la participación de testigos durante el proceso penal.

Volver al botón superior