Los colegios católicos trasladarán el pago del agua a la cuota del estudiante
Roberto Suaina, presidente del Consejo Provincial de Educación Católica, dijo a Nuevo Diario que el fallo judicial a favor del Ente Regulador de Servicios Públicos que habilita el cobro del servicio de agua a 12 colegios católicos repercutirá directamente en las cuotas que pagan los estudiantes.
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El jueves pasado se dio a conocer el fallo judicial de la Jueza en Primera Instancia del Distrito Judicial Centro, Cristina Mariana Ávila Ricci, en contra de un amparo presentado por el Consejo Provincial de Educación Católica (COPRODEC) que interpelaba la resolución Nª 734/21 del Ente Regulador de Servicios Públicos (ENRESP).
De ahora en mÁs quedan suspendidas las eximiciones de pago a 12 colegios católicos de Salta y los obliga a abonar el servicio de agua.
Roberto Suaina, presidente del COPRODEC, consultado por Nuevo Diario sobre cómo impacta este fallo en los colegios, afirmó que “el costo del agua nunca fue tomado en el cálculo de la recomposición de las cuotas, o sea que es un costo más que se agregará lamentablemente al monto de la cuota”.
“No son costos tan menores como algunos creen, tenés colegios importantes en metros cuadrados y en el uso del agua porque tenés una población escolar importante y estamos hablando de costos que tienen de $500.000 o $600.000 por mes”, explicó Suaina.
El actual titular del consejo que aglutina a los colegios católicos afirmó sentirse “sorprendido” por el fallo en contra y adelantó que el cuerpo de abogados que tienen desde el organismo va a estudiar el fallo para determinar si van a apelar o no la decisión.
“El amparo lo hicimos en base a leyes vigentes y para evitar seguir cediendo derechos adquiridos por ley en su momento” dijo el referente católico, quien añadió que “son los legisladores los que deben reunirse y derogar esas leyes”.
Suaina sustenta su reclamo afirmando que existe una legislación de la Cámara de Diputados de la Provincia que exime a los colegios católicos del pago del servicio, y que basaron su reclamo en esta reglamentación para solicitar la nulidad de la resolución emitida por el Ente Regulador de Servicios Públicos.