Gremios docentes aceptaron un aumento salarial del 45% hasta septiembre.
Además de aumentos y saneamiento en la grilla, la propuesta del Gobierno aceptada por los gremios docentes consiste en un incremento salarial del 45% a pagar de tal manera que permita resguardar los salarios para que siempre estén por encima de la inflación.
El acuerdo se dio entre el Ministerio de Educación y Economía con los gremios Asociación Docente Provincial (ADP), la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) y el Sindicato de Trabajadores de la Educación de la Provincia de Salta (SITEPSa).
Los puntos esenciales de la paritaria docente provincial son:
- En febrero un incremento del 14% en básico y en los códigos 449, 649, 690 y 698.
- En abril un 9% de incremento salarial y en junio un 7%, llegando a un 30% de aumento hasta la primera mitad del año.
Por otro lado, durante este mes se reabre la mesa paritaria para analizar las pautas salariales para el resto del año en base a cómo se comportan los índices inflacionarios.
En julio corresponderá un 4% de aumento salarial y un 11% de aumento salarial a septiembre. Cabe aclarar que tanto el incentivo docente y el adicional por conectividad, que también van a tener un incremento, no están incluidos en este porcentaje sino es un valor que se suma a este incremento.
Otro punto importante es el saneamiento de la grilla para los códigos 691 y 693 que se transformarán en remunerativos y bonificables integrando el sueldo básico a partir del mes de marzo de 2022.
Además se realizará la actualización por gastos de movilidad con un incremento del 30% en marzo y la Jerarquización se incrementará en un 30% en julio.
En mayo también se modificará el cálculo del adicional fijo Código 649, pasando a liquidarse la asignación hasta dos cargos, con una suma equivalente a 17,50 hs. por cada asignación y aplicando la proporcionalidad vigente para los cargos inferiores a Maestro de Grado y docentes con extensión de jornada.
En el caso de horas cátedra se liquidará hasta un máximo equivalente a 35 horas, tanto en exclusivos como mixtos cargo/horas. Además de establecer que este código se liquide desde el ingreso a la docencia.
Asimismo se establecerá en este mismo mes el adicional remunerativo, bonificable por antigüedad (Código 449), pasará a liquidarse hasta dos cargos, fijando en 17,50 el máximo coeficiente de transformación a aplicar para el segundo cargo.
Aquellos docentes que se desempeñen en un cargo y en horas cátedra, percibirán la segunda asignación hasta 17 horas. En el caso de desempeño exclusivo por horas cátedra se liquidará hasta un máximo de 35 horas. Se adicionará el equivalente a 12,50 hs. a los cargos docentes con extensión de jornada o carga horaria superior a 35 horas reloj semanales.
En todos los supuestos, los incrementos se realizarán con todos los ítem.
Durante el primer semestre se continuarán con las mesas técnicas de trabajo donde se someterán a discusión la incorporación de la vinculación de zona desfavorable y extra urbana al sueldo básico y la convocatoria de concursos para la cobertura de cargos jerárquicos entre otros temas.