Quieren el intendente responda un embargo con bienes personales
El Juzgado de Garantías de Octava Nominación ordenó el embargo preventivo del 20% del sueldo del intendente de La Merced, Javier Wayar, hasta cubrir la suma de $3.521.772, por la retención indebida de sueldos de los concejales.
Es la primera vez que se acciona contra el patrimonio de un intendente y no de la comuna.
Eliana Verchán, abogada del Concejo Deliberante, señaló que "hasta tanto encontremos más bienes de Wayar, lo primero que se embarga es el sueldo. Pedimos informes en el Registro del Automotor, la Dirección de Inmuebles y en todos los bancos para que informen cuáles son los bienes del intendente para poder embargarlo".
Agregó que: "No queremos que comience a enajenar para después no enfrentar los gastos o devolución por cualquier pena que se le impongan. La medida está dirigida a la persona de Wayar, sobre sus bienes y no sobre el municipio".
La primera denuncia que investigó la fiscal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas Odorisio, se hizo el 18 de febrero del 2020 por diferencias en las dietas del 2019 que detectaron los ediles. La fiscalía hizo el pedido de elevación a juicio que recayó en el Juzgado de Garantías de Octava Nominación y se encuentra a la espera de la elevación a juicio para que se fije fecha y sea juzgado.
El embargo preventivo se dictó en la causa que actualmente se constituye contra el mandatario municipal por los delitos de retención indebida (de las dietas de los concejales), incumplimiento de los deberes del funcionario público y peculado por el pago de sobresueldos a concejales oficialistas.
La investigación realizada por los fiscales determinó la existencia presunta de irregularidades en las transferencias que el Departamento Ejecutivo debió efectuar al Concejo Deliberante. Estas transferencias corresponden a los períodos de diciembre de 2019, enero a julio de 2020, y septiembre de 2020.
Wayar habría transferido dinero al Concejo Deliberante, pero en una cuantía inferior a la que correspondía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ordenanza 33/18 (modificado por la Ordenanza 02/2019).
Actualmente la abogada se encuentra constituida como querellante y como actora civil, siendo la primera que busca la condena por los delitos contra el acusado y la segunda figura busca el resarcimiento del daño económico.
Hasta que se conforme el tribunal de juicio, el oficio librado por el Juzgado de Garantías estará vigente y el embargo sobre las posesiones y el sueldo de Wayar se mantendrá como seguro en caso que el mandatario resulte condenado y deba pagar resarcimientos a los concejales implicados.