PaísPolítica

Alertan sobre un proyecto de diputada libertaria que legitima la explotación animal

La diputada Karina Celia Vázquez, conocida como Karen Reichardt, presentó un proyecto para regular y fiscalizar criaderos, refugios, hogares de tránsito y pensionados para animales de compañía.

La iniciativa, registrada como expediente 3401-D-2026, ingresó el 16 de julio y despertó cuestionamientos entre proteccionistas y especialistas en derecho animal. El principal reparo es que coloca dentro de una misma estructura a quienes reproducen y venden animales y a quienes los rescatan o alojan solidariamente.

El texto crea el Registro Nacional de Establecimientos para Animales de Compañía. Allí deberán inscribirse las personas humanas o jurídicas que desarrollen esas actividades de manera gratuita u onerosa.

Un régimen para realidades opuestas

La inscripción sería pública y gratuita, pero la habilitación quedaría sujeta a requisitos edilicios y sanitarios, asistencia veterinaria, límites de alojamiento, sistemas de trazabilidad y auditorías periódicas.

Esas condiciones alcanzan tanto a establecimientos comerciales como a refugios y hogares de tránsito que suelen sostenerse mediante el voluntariado y los aportes particulares, sin acompañamiento estatal permanente.

Aunque reconoce la “invaluable tarea social” de las organizaciones proteccionistas, el proyecto no crea un fondo nacional garantizado para afrontar las adecuaciones. Solo dispone que lo recaudado por multas se destine a castraciones, concientización y asistencia a refugios registrados. Habrá 180 días desde la reglamentación para adaptarse.

“No se puede regular una actividad en la que existe maltrato”

En diálogo con Nuevo Diario, la abogada salteña especializada en derecho animal Carmen Céspedes Cartagena, cuestionó el núcleo ético de la propuesta. Desde una perspectiva abolicionista, sostuvo que el problema no se resuelve controlando criaderos, sino dejando de considerar la reproducción animal como una actividad comercial admisible.

“Desde la mirada abolicionista que tengo, jamás hablaría de regularizar una actividad en la que igualmente existe el maltrato”, afirmó.

La especialista marcó una contradicción: el proyecto reconoce a los animales como seres sintientes, pero permite utilizar sus cuerpos para obtener rentabilidad.

“Estoy totalmente en desacuerdo con la utilización de los animales con fines comerciales. Es una mirada antropocéntrica: ‘soy el dueño y puedo hacer con mi animal lo que quiero’. Eso no respeta su calidad de ser sintiente y sujeto de derecho”, expresó.

Céspedes Cartagena sostuvo que el vínculo debe pensarse desde la convivencia y no desde la propiedad absoluta. “Podemos conformar una familia multiespecie, pero no podemos decidir qué hacer con el útero de ese animal”, remarcó.

Seres sintientes y reproducción comercial

El proyecto adopta las “cinco libertades” del bienestar animal y prohíbe reproducir ejemplares con patologías hereditarias, separar tempranamente a las crías y someter a las hembras a una reproducción excesiva.

Sin embargo, no prohíbe la cría comercial. Define al criadero como un establecimiento destinado a la reproducción planificada con fines comerciales o de preservación genética y fija las condiciones para habilitarlo.

“Se utilizaría el útero de una perra para reproducir animales que luego serán comercializados en beneficio de un ser humano. Los animales no están para tener dos o tres camadas, porque eso lastima el cuerpo de la hembra”, advirtió.

La abogada también rechazó que la preservación de las razas justifique esa práctica: “Van a decir que se perderán las razas, pero hay razas que nunca tendrían que haber existido”.

Venta digital: qué propone

La iniciativa prohíbe ofrecer o comercializar animales en redes sociales y plataformas digitales sin inscripción y habilitación. No es exacto afirmar que exige registrarse para rescatar, pero no para vender: quienes comercialicen también deberán inscribirse.

El cuestionamiento de fondo es que, una vez satisfechos los requisitos, la cría y la venta quedan reconocidas como actividades habilitables, en lugar de avanzarse hacia su prohibición. Las publicaciones para adopciones gratuitas quedan exceptuadas y pueden ser realizadas por refugios, entidades sin fines de lucro y rescatistas independientes.

El expediente aún debe atravesar el debate en comisiones. Allí se enfrentarán dos concepciones: una propone controlar criaderos y espacios de rescate mediante habilitaciones y sanciones; la otra considera que ninguna fiscalización vuelve éticamente aceptable la utilización reproductiva de un animal para obtener ganancias.

Volver al botón superior