AMT pone en funcionamiento el Certificado Específico de Transporte
La Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) estableció la implementación del Certificado Específico de Transporte (CET) para los servicios de transporte a en las modalidades Especial y Turismo.
El organismo que preside Marcelo Ferraris, sancionó la Resolución 474/24 donde estableció la obligatoriedad del CET para el transporte de pasajeros de las modalidades turismo y viajes especiales.
Las empresas deberán, con carácter previo a la iniciación de cada servicio de transporte, declaran bajo la forma de “declaración jurada”, a través del empleo del Sistema Integral de AMT datos sustanciales del servicio.
Una vez realizado este procedimiento, se deberá abonar el valor de 0.02 unidades de sanción (U.S.), con el cual se emitirá el CET que las unidades deberán exhibir y poner a disposición de las autoridades de control que lo requieran.
Los prestadores mantienen además responsabilidad civil, penal y administrativa por cualquier falsedad, omisión u ocultamiento que se encuentre.
Se estableció también que el incumplimiento por parte del prestador se considerará un falta grave, dando lugar a una sanción de multa conforme el siguiente detalle:
- a) POSEE UN CET con datos inexactos, multa equivalente a 25 US;
- b) FALTA EL CET (no fue confeccionado), multa equivalente a 35 US;
- c) CET falsificado, multa equivalente a 50 US a 100 US,