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ANMAT prohibió la venta de un repelente de insectos y de productos para la salud

La medida está destinada a “proteger a eventuales usuarios”. Los productos fueron prohibidos en todo el territorio nacional.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de una marca de repelente de insectos y de un test para la detección de citomegalovirus (CMV).

Ambas medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial. En los documentos, el organismo dependiente del Ministerio de Salud señaló que se trata de un repelente de insectos marca Elohin Coof! y del producto médico de la marca Acubiotech.

La ANMAT prohibió la venta de productos para la salud

A través de la disposición 7282/2024, la ANMAT explicó que inició las actuaciones luego de que la Dirección de Fiscalización y Gestión De Riesgo De Establecimientos De Productos Médicos (DFYGREPM) recibiera una denuncia sobre la empresa Bio Analytical S.R.L. La misma, ofrecía promociones junto con la entrega y/o venta de productos médicos de uso in vitro vencidos.

En ese sentido, se realizó una inspección en el depósito de la empresa y se le solicitó la documentación de trazabilidad de algunos productos, entre ellos el “INCONTROL CMV IGG EIA test kit”. De acuerdo a los estudios de estabilidad, el producto médico se encontraba vencido.

En consecuencia, ANMAT determinó: “Prohíbese el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto y lote identificado como “INCONTROL CMV IGG EIA test kit, PM 1571-55, lote 2109909, vto 21/03/2023 – fabricante Acon Biotech Co, Ltd / Acon Laboratories, Inc, origen china – Importado por Bio Analytical SRL. x 96”.

ANMAT prohibió un repelente de insectos

El organismo, a través de la disposición 7277/2024, prohibió el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto de origen nacional denominado: “Repelente de insectos, marca Elohin Coof!”.

La investigación inició tras varias notificaciones recibidas en el Sistema de Cosmetovigilancia en relación a la comercialización del producto. Al consultar en la base de datos de ANMAT, “no se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan con los obrantes en el citado repelente”.

En consecuencia, ANMAT determinó prohibir el producto con el fin de “proteger a eventuales usuarios” ya que se no está inscripto ante el organismo y se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de la elaboración. Por esa razón, “no resulta posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable”.

Fuente: Ámbito Financiero

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