Salta

Autonomía y facultad de la Auditoría en el control de ingresos

Gustavo Ferraris: “Los municipios gozan de autonomía, siendo facultad de cada Concejo Deliberante la creación de tasas, fijar los porcentajes y controlar al ejecutivo en el correcto gasto de esas partidas”.

Gustavo Ferraris sostuvo que la ley faculta a la Auditoría al control de los ingresos municipales, pero en un margen acotado dado que los municipios gozan de autonomía, siendo facultad de cada Concejo Deliberante la creación de tasas, fijar los porcentajes y controlar al ejecutivo en el correcto gasto de esas partidas.

“La AGP puede hacer auditorias de gestión e indagar sobre los egresos, siempre controlando en base al presupuesto aprobado por cada municipio y también puede llevar adelante el control en concreto de determinadas partidas”, sostuvo Ferraris, aclarando Esper que es función de los Concejos el control interno y concomitante y de la AGP el control externo.

Sin embargo, ambos coincidieron en que, en la experiencia diaria, se advierten problemas de informalidad en varios municipios y la necesidad de unificar los sistemas de administración, así como la necesidad de ajustar o modernizar la legislación a las herramientas de los nuevos tiempos, poniendo como ejemplo el hecho que el año pasado se presentó la Cuenta General del Ejercicio en formato digital.

Los legisladores consideraron al tema como un disparador para articular con la AGP un trabajo conjunto con vistas a modernizar distintas normas como la Ley de contabilidad de la provincia o la Ley de entidades financieras, entre otras.

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