
Un comité de crisis interdisciplinario deberá realizar de forma urgente tareas de contención, ayuda, atención, asistencia y protección de la comunidad educativa del Colegio Secundario 5176 de Villa Esmeralda en la zona sur de la ciudad.
Este comité estará integrado por equipos multidisciplinarios del Ministerio de Educación Cultura, Ciencia y Tecnología en coordinación con los equipos especializados de la Secretaría de Niñez y Familia que depende del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia.
Esto fue dispuesto por la jueza en lo Penal Juvenil de Primera Instancia Tatiana Dip en la causa abierta por la situación producida en ese establecimiento educativo donde un alumno se tornó agresivo ingresando armado con un machete al aula del primer año profiriendo insultos y amenazas en presencia de la docente que dictaba las clases.
El artículo 12 de la ley 8097 prevé que el juez penal juvenil pondrá en conocimiento de la autoridad administrativa de protección de derechos cuando se adviertan situaciones de vulneración o desprotección con carácter de urgente de niños, niñas y adolescentes que hayan ingresado de alguna manera al sistema penal juvenil.
La ley 27372 de protección de víctimas ordena en su artículo 4 la inmediata intervención de las autoridades adoptando medidas de ayuda, asistencia y protección que requiera la situación de las mismas con la mayor urgencia, teniendo en cuenta además el enfoque diferencial atendiendo al grado de vulnerabilidad en razón de la edad, entre otras condiciones.
La causa contra el adolescente A.A. es seguida por el delito de lesiones, amenazas y daños en perjuicio de I.L. y L.E.