Condenan a empresa por brindar información y publicidad engañosas
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 2da Nominación condenó a Sistema Free S.A. a restituir a la víctima el monto abonado, más intereses, el pago de un monto por daño extrapatrimonial y otro por daño punitivo.
El fallo judicial se basó en el dictamen fiscal en lo Civil Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso Administrativo 1 que señaló que Sistema Free S.A. incurrió en incumplimiento del deber de brindar información precisa y clara y publicidad engañosa que contraviene lo dispuesto por la Ley de Lealtad Comercial 22.802.
La víctima denunció que en el año 2015 dependientes de la empresa se presentaron en su domicilio ofreciendo un plan por el que debía abonar 48 cuotas que le permitirían adquirir una camioneta Ford Ranger 0 km., y además le otorgaba el beneficio de participar en un sorteo mensual para lo cual se brindaba un número de tres cifras.
Además, se le indicaba que si ganaba ese sorteo dentro de los 48 meses se beneficiaba con la entrega inmediata del vehículo por el que pagaba mes a mes, y que si no resultaba ganadora en esos sorteos la empresa le permitía acceder a un crédito que ellos otorgarían por la diferencia del valor de la unidad.
Al transcurrir los dos años y no resultar ganadora, la mujer quiso comprar el vehículo, pero le respondieron que en Salta había mucha demanda y nunca obtuvo la camioneta por lo que inició acciones legales contra la empresa.
Ya en sede judicial el Sistema Free S.A. argumentó que “de acuerdo al expreso texto del contrato, el pago de las cuotas no estaba destinado a la compra de un vehículo, sino que se trataba de un canon locativo que otorgaba el derecho al uso del automotor una vez al año por determinado tiempo”.
Además, señalaron que “el cliente podía optativamente gestionar un crédito para su adquisición pero que el monto del mismo depende de la capacidad financiera y económica del solicitante”.
Tres condenas por un homicidio en Villa Juanita
Tres hombres fueron condenados a prisión por el homicidio de Mariano Omar Núñez, ocurrido el 11 de julio de 2021 en Villa Juanita. Los jueces de la Sala IV del Tribunal de Juicio condenaron a Franco Ariel Chávez o Ariel Franco Chávez (24), alias “Puli”, a la pena de nueve años de prisión efectiva como autor del delito de homicidio simple.
Gastón Emanuel Portal (27), alias “Menor”, fue condenado a ocho años y seis meses de prisión efectiva como partícipe necesario del mismo delito. El sujeto fue declarado reincidente por segunda vez.
Pablo Guillermo Ponce (34), en tanto, recibió una condena de ocho años de prisión efectiva, también como partícipe necesario.
Los jueces ordenaron que los tres imputados permanezcan alojados en la Unidad Carcelaria 1 y recomendaron que realicen tratamiento psicoterapéutico por la naturaleza de los hechos por los cuales resultaron condenados y por las adicciones.
Vendían droga en la calle
El 16 de julio del 2021 se llevó a cabo un allanamiento en una casa del barrio 200 años de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, desde donde se secuestraron 116 envoltorios plásticos que contenían cocaína, además de dinero en efectivo y varios recortes plásticos.
En el procedimiento fue detenida una mujer, mientras que la otra se daba a la fuga por el fondo de la vivienda a través de un enrejillado, pero fue capturada días después. La modalidad que utilizaban para vender las sustancias era en el interior del domicilio y en ocasiones la venta en calle, desde el mediodía y hasta las 3 de la madrugada. La investigación se inició a partir de una denuncia anónima.