Condenan a ocho años a un guardia de un boliche de la Balcarce, acusado de abuso sexual
El juez Martín Fernando Pérez condenó a ocho años de prisión efectiva a un sujeto (34) por considerarlo autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y privación ilegítima de la libertad, en concurso real. El acusado era guardia de seguridad en un boliche de la calle Balcarce y fue denunciado por un hecho ocurrido en ese local bailable, en septiembre de 2024.
La víctima, una joven estudiante universitaria, denunció haber sido agredida sexualmente por el imputado, la madrugada del 7 de septiembre de 2024. Esa noche había decidido ir a bailar con dos amigas y salieron rumbo al boliche pasada la medianoche. Al llegar a la Balcarce, hicieron tiempo en una esquina porque era temprano y se les sumó un amigo más. Ingresaron alrededor de las 1:30.
La damnificada relató que, en un momento, se dirigió sola al baño para arreglarse el cabello. Había una chica lavándose las manos y cuando se retiró, ella quedó sola en los sanitarios. En ese momento entró el acusado, que se desempeñaba como personal de seguridad en el local. La tomó fuertemente del brazo, la hizo entrar en uno de los cubículos, trabó la puerta y la accedió carnalmente.
La víctima relató que quedó en shock, que no pudo reaccionar ni gritar. Cuando salió del baño buscó a sus amigas y se fueron del boliche. Les contó lo sucedido y una de ellas llamó al Sistema de Emergencia 911.
En el fallo, el juez dispuso la extracción de muestras genéticas del imputado, para su inscripción en el banco de datos correspondiente. Además, dejó sin efecto la prisión domiciliaria que venía cumpliendo y dispuso su inmediato alojamiento en la Alcaidía, desde donde será trasladado a la Unidad Carcelaria 1.
En representación del Ministerio Público intervino el fiscal penal de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Esteban Martearena. La defensa del acusado estuvo a cargo de Verónica Rallé.
Como querellantes, en representación de la damnificada, intervinieron Belén Alzogaray y Analía Ramos.
Se dispuso la revocación inmediata del arresto domiciliario y su alojamiento en la Alcaidía General de la Ciudad de Salta, hasta su posterior traslado a la Unidad Carcelaria Nº 1, donde deberá cumplir la pena impuesta.
El cotejo de ADN fue clave para acreditar su participación en el hecho.
Cotejo de ADN determinante
Durante el juicio, que se inició el martes pasado, el fiscal Martearena expuso las pruebas reunidas en la investigación penal, las cuales permitieron acreditar que el acusado —quien se desempeñaba como personal de seguridad privada de un local bailable de la calle Balcarce— abusó sexualmente de una mujer.
Entre los elementos probatorios, resultó determinante el cotejo de ADN, que permitió establecer la participación del acusado en él.
Según el testimonio de la denunciante, en septiembre de 2024 concurrió junto a una amiga al local nocturno y, tras ingerir un trago de tequila que les fue ofrecido con la entrada, se dirigió al baño. Al salir, fue interceptada por un guardia de seguridad, quien la tomó del brazo y la introdujo por la fuerza en un recinto, sin mediar palabra, donde abusó sexualmente de ella.





