Confirman la prisión preventiva a un organizador de transporte de drogas
La Cámara Federal de Salta, Sala I rechazó el pedido de la defensa de Jorge Adalid Granier Ruiz, y confirmó su prisión preventiva por ser organizador de transporte de estupefaciente, agravado por la cantidad de participantes. Confirmando así, la investigación del juez Julio Leonardo Bavio.
El fallo, que se conoció la semana pasada, lleva la firma de los jueces de Cámara Santiago French, Luis Renato Rabbi Baldi, Ernesto Solá Espeche y Martín Gómez Diez, secretario de Cámara.
La defensa de Granier Ruiz había apelado el procesamiento que se dio a conocer en noviembre último. De esta forma también se avaló la investigación que llevó adelante el juez Federal I Julio Leonardo Bavio.
Esto, de la mano de lo que señalaba la impugnación sobre si había realizdo una arbitraria e incorrecta valoración de la prueba agregando “a lo sumo se trata de un acto de provisión de estupefacientes no existiendo ningún elemento que lo vincule con su ulterior acondicionamiento, distribución, comercialización o algún otro movimiento de dinero de los integrantes de la organización”.
En la apelación también se objeta las escuchas telefónicas, las que el defensor del procesado no da por certeras.
Sin embargo, el fiscal General consideró que el recurso de la defensa, debía ser rechazado por que en el expediente los elementos probatorios abundan.
Relación probada
Así hace referencia, el funcionario, que está probada la relación de Granier Ruiz con Adelaida Castillo, con quien planificó y ejecutó la maniobra de transporte de 389 kilos de cocaína. Habiendo señalado que Fabian Pelozzo e Ignacio Quintana eran “sus muchachos”.
Por otra parte, de las escuchas también hace referencia que tenía un piloto de confianza, y donde se detallan los roles que cada uno de los ahora procesados, Castillo, Pellozo, Quintana, Rodrigo López, y Rocío Estela, tenían en la distribución de droga.
La investigación que llevó adelante Bavio se inició en marzo del 2019.
Esta red llevaba la droga que ingresaba desde Bolivia, tanto a Buenos Aires como a Rosario.
En este hecho, la PROCUNAR presentó también un dictamen explicando que, de acuerdo a la pesquisa que se llevaba adelante, se tenían serios indicios que Granier Ruiz, había sido el proveedor de la carga que se descubrió en Ramallo días antes, 389 kilos de cocaína.
También la fiscalía antidrogas destacó que Pelozzo investigado por la justicia de Rosario por comercialización de estupefacientes, colaboraría directamente con Granier Ruiz.
Agregando que serían los que se encargaban del transporte de droga a través de vuelos, y acopiando la droga en campos de poco uso.
También se sostiene que Pelozzo haría llegar la droga a Entre Ríos.
En los diálogos también se hace referencia a la pureza de la droga que ingresaba y distribuían, señalando que no les dijera que era sintética, porque por más que brillara, se trataba de mercadería que venía de Perú.
“Madrecita”
Siempre se refiere a Castillo con el apelativo de “madrecita”, con quien charlaba como si hicieran referencia a la venta de autos, y confirmando además las avionetas, y los vuelos que hacían.
La finca que era observada en Santa Fe pertenecía a un familiar de Castillo y se la conoce con el nombre de Finca de Ibarlucca.
También están comprobados los encuentros entre Castillo y Granier Ruiz, en jornadas previas a distintos vuelos. Inclusive uno realizado desde Paraguay recibiendo por esa actividad la suma de 320 mil dólares.
Asimismo, se verificó que cuando la droga ya estaba en el país, Pelozzo era junto a Granier Ruiz el encargado de ponerse de acuerdo en la modalidad de distribución, refiriéndose a Rosario por Rosa, tía Rosa, Rosadita o Rosalía.
Además, se encontró en Monte Maíz en Córdoba una pista clandestina.
La droga que comercializaba tenía una pureza del 93,29 por ciento.
Finalmente, en el fallo de la Cámara de Casación de 34 fojas, se demuestra que la situación que Granier Ruiz tenía frente a los hechos era privilegiado, donde se mostraba que tenía un dominio de la situación.
También contaba con contactos y a su vez con las personas a las que debía tocar para comercializar y distribuir la mercancía.
Se hace referencia a que los roles se estiman desde el punto de vista que existía una planificación.
Por todo esto la pena que podría caberle a Granier Ruiz por todos estos hechos, supera el límite previsto para hacer efectiva la apelación, de allí que se rechace.