Consideran extinguida la acción penal para Santos Vera y quedó sobreseído
El Tribunal de Impugnaciones Sala IV dio por extinguida la acción penal en contra de Santos Clemente Vera, por lo que dictó su sobreseimiento.
El defensor de Vera, Roberto Reyes, destacó “el fallo como éste, marca el Estado de Derecho, porque sostiene las Garantías Constitucionales”,
Tras 15 años de llevar adelante la causa, finaliza la acción en contra de quien estuvo acusado por el crimen de las turistas francesas Houria Moumni y Casandre Bouvier, en el último día hábil de este 2024.
En diálogo con Nuevo Diario, el abogado defensor Roberto Reyes, señaló: “al sobreseerlo, se aplicaron normas constitucionales”.
“Estos tratados señalan que debe haber plazos razonables en la duración de un proceso, porque pasado el tiempo, quien está sometido a ese proceso y con incertidumbre, ve afectadas sus garantías de defensa y del debido proceso”, dijo Reyes.
El plazo razonable es una garantía constitucional.
El tribunal integrado por los jueces Marcos Molinati, Javier Armiñana Dohorman y Virginia Sólorzano, entendió que se ha cumplido con creces el plazo razonable y se ordena el sobreseimiento de Vera. “Es incólume con el primer fallo, donde se lo absolvió por el beneficio de la duda. No puede haber más juicios porque el derrotero se hace interminable”, agregó Reyes.
Lo que queda es que se da vigencia a las garantías constitucionales, y esto es lo importante, “el Estado garantiza el cumplimiento de las Garantías Constitucionales, le dan crédito y vigencia y es lo que se valora, porque es estar en un Estado de Derecho”, sumó Reyes
El fallo
Los jueces del tribunal entendieron que habiendo valorando los elementos de pruebas incorporados en relación al imputado Vera, los mismos no permiten arribar a un juicio de certeza de su responsabilidad penal. De esta manera deben absolverlo en consecuencia en los términos del art. 4° del C.P.P.
Los magistrados señalan en su fallo de 24 fojas que a Vera se lo responsabiliza en la acusación fiscal por los delitos señalados precedentemente, en especial por la prueba de ADN donde surge una presencia patronímica de Vera, por la declaración de Lasi quien lo sindicó como autor del hecho.
Acusación de Vera
En el fallo conocido ayer de la Sala IV de Impugnaciones, donde Santos Clemente Vera queda sobreseído, se señaló que su acusación estuvo basada en la lesión provocada y verificada en la espalda de la víctima Cassandre, que habría portado Vera al momento del hecho, y la proximidad de la vivienda de Vera respecto al lugar donde sucedió el hallazgo de los cuerpos de las turistas francesas en julio del 2011.
Estimó el Tribunal que los argumentos dados por la acusación, ofrecen aparente solidez, pero son solamente válidos para sustentar un auto de procesamiento y la consecuente requisitoria fiscal de la causa a juicio, y que en el debate sufrieron relatividad ante el cúmulo de testimonios que reflejaron un buen concepto del acusado, dando sustento a su descargo. También manifestó que, si bien el acusado sostiene que no estuvo en el lugar del hecho, ello no puede afirmarse categóricamente por cuanto existen elementos que ponen en tela de juicio estos dichos.