Salta

El agua de la Planta Potabilizadora Itiyuro no es apta para consumo humano

Un informe de la Universidad Nacional de Salta dio cuenta de la presencia de cianobacterias, potencialmente tóxicas, en muestras tomadas de la Planta Potabilizadora Itiyuro. Ante ello, el Ente Regulador dispuso una serie de medidas que debe ejecutar Aguas del Norte, áreas del ejecutivo provincial, e informó el inicio de un proceso de sanción a la empresa.

En el marco de la declaración de la emergencia por crisis hídrica en la Provincia de Salta, el Ente Regulador de Servicios Públicos de la Provincia dispuso tiempo atrás actividades de control que incluyeron la realización de un estudio de muestras del Dique Itiyuro, a cargo del Laboratorio de Calidad de Agua de la Facultad de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Salta.

Las muestras fueron tomadas el 4 de julio del corriente año y el 7 de julio se informó que “es preocupante la situación observada en la Planta Potabilizadora Itiyuro, en donde podemos observar la ineficiencia del tratamiento que no puede remover la totalidad de las cianobacterias potencialmente tóxicas”.

El informe, elaborado por la doctora Liliana Moraña, señaló que se debe alertar a la población sobre el estado del agua y no debe utilizarse para consumo humano, además de que debe monitorearse de forma cuidadosa las posibles reacciones alérgicas en la población, puntualmente dermatitis u otras afecciones de la piel que puedan ser producidas por el contacto a través el baño.  

Ante estos resultados, el Ente Regulador remarcó que es necesario agilizar el Plan de Obras que permita reducir la dependencia del Itiyuro, en el marco de lo cual se están llevando a cabo 14 nuevas fuentes de agua en Salvador Mazza, Aguaray, Yacuy, Tartagal y General Mosconi; y que hasta que las mismas finalicen “la prestadora debe activar el Plan de Contingencia correspondiente” debido a que la presencia de cianobacterias “configuran una situación de emergencia para el servicio que involucra a 21.629 usuarios de Tartagal, Mosconi y Aguaray”.

Además, procedieron con informar de la situación al Ministerio de Salud Pública para habilitar protocolos sanitarios y acciones preventivas que puedan reducir eventuales consecuencias.

El Plan de Contingencia que debe elaborar Aguas del Norte debe ser comunicado dentro de 48 horas., al igual que un plan de Emergencia. Además, se le ordenó a la empresa que dentro de las 24 horas deben brindar un informe a los usuarios sobre la situación, a través de medios masivos de comunicación, donde deben “describir adecuada y verazmente las particularidades de la incidencia, las acciones desarrolladas y/o a desarrollarse”.

El Ente también solicitó a la empresa que “gestione la inmediata conexión y puesta en servicio de los pozos perforados en 2023 en el Departamento San Martín”; y también que debe dar cumplimiento estricto al Reglamento de Reparto de Agua segura con camiones cisterna. Para ello, deberá informar la cantidad de camiones afectados al reparto del recurso y remitir las actas de entrega.

El Ente solicitó también la intervención a la Secretaría de Recursos Hídricos para que disponga medidas que prioricen el abastecimiento del agua a las localidades comprendidas por el Itiyuro; a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable para que tome medidas en relación a la protección del medioambiente; a la Secretaría de Defensa del Consumidor para verificar el precio del agua envasada en las localidades comprendidas; al Ministerio de Desarrollo Social para que proceda a elevar y cubrir las necesidades derivadas de la crisis hídricas en poblaciones vulnerables y al Coordinador de Relaciones Internacionales del Gobierno de Salta para gestionar con las autoridades de Bolivia un relevamiento integral sobre la cuenca del Río Caraparí con el objetivo de evaluar posibles factores de contaminación.

Por último, el ente advirtió a la empresa que más allá de lo actuado a partir de la resolución, se tomó la decisión de iniciar un Procedimiento de Aplicación de Sanciones por incumplimiento de lo establecido en el artículo 12 del decreto 63652/10 que indica que, en caso de producirse fallas de calidad, debe informarse de inmediato al Ente; y en 10 días, Aguas del Norte deberá presentar “un informe exhaustivo” a forma de descargo.

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