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El cálculo de la nueva fórmula jubilatoria regirá plenamente recién en julio

El Poder Ejecutivo oficializó ayer lunes el decreto de necesidad y urgencia 274/24, por medio del cual modificó la fórmula de movilidad jubilatoria.

La norma establece un cronograma de transición de tres meses, contemplando el índice IPC, pero el cálculo comenzará a regir plenamente en julio. Mientras tanto, se mantendrán los aumentos en base a la fórmula vigente más un 12,5% de aumento en forma de "recomposición" a pagarse el mes entrante y dos adelantos en base a la nueva fórmula a pagarse en mayo y junio.

Así lo define el artículo 1° de la medida publicada este lunes bajo la firma del presidente Javier Milei y todo su Gabinete: "Los haberes se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec)".

Los extras, tal como señaló el Gobierno, apuntan a intentar contener la pérdida de poder adquisitivo del sector, de los más golpeados por la fuerte aceleración inflacionaria.

El Decreto publicado ayer lunes modifica la Ley N° 24.241 que regula al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIPA) y aclara que "en ningún caso la aplicación del nuevo índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario".

Pese a que ahora los titulares de ANSeS ya no perderán contra la inflación, aún falta un trimestre para que se aplique esta fórmula. Mientras tanto, los jubilados y pensionados seguirán cobrando con actualizaciones cada tres meses en base a un índice que se calcula en un 50% por los ingresos de los trabajadores que mide el RIPTE o la recaudación de ANSeS (el que sea más alto, aunque son dos indicadores fuertemente golpeados por el ajuste) y en otro 50% por el IPC del período.

Sobre la fórmula que regía desde 2021, que combinaba RIPTE y re-caudación de la ANSeS, sancionada durante el gobierno anterior, el Ejecutivo aseguró que “no cubre suficiente ni razonablemente el riesgo inflacionario que afecta los beneficios de los adultos mayores, pues no tiene en cuenta la variación de los precios; presenta un gran desfasaje entre la evolución de las variables económicas y su traslado a los haberes”.

 

 

 

 

 

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