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El juez Llarena rechaza el recurso de Puigdemont sobre la amnistía

El juez del Tribunal Supremo rechazo el recurso presentado por Carles Puigdemont, expresidente de la Generalitat, en el que solicitaba la aplicación de la ley de amnistía en su caso.

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena rechazo el recurso presentado por Carles Puigdemont, expresident de la Generalitat, en el que solicitaba la aplicación de la ley de amnistía en su caso. Llarena sostiene que el delito de malversación, por el que Puigdemont y otros exfuncionarios están procesados, no está cubierto por la medida de gracia.

Al recurso lo desestimaron en un auto emitido este martes, que también rechaza las peticiones de los exconsellers Antoni Comín y Lluis Puig, así como de la Fiscalía y la Abogacía del Estado. El juez se basa en la “previsión literal” de la ley de amnistía, que excluye de su aplicación a quienes actuaron con el “propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial”.

Fundamentos de la decisión

Llarena argumenta que la ley establece claramente la exclusión de los delitos de malversación en aquellos casos en que los acusados busquen cualquier ventaja personal. Según el juez, este criterio se cumple en el caso de Puigdemont, ya que él y otros procesados “decidieron cargar a los fondos públicos el coste del referéndum del 1-O”. Llarena recuerda que dicha consulta fue ilegal y ajena a las competencias del Gobierno de Cataluña.

El juez reitera que, si la ley hubiera aplicado la amnistía sin restricciones a todos los delitos de malversación vinculados al 1-O, su decisión podría haber sido distinta. Sin embargo, el artículo 1.4 de la ley incluye cualquier ventaja patrimonial obtenida, incluso si no supone un incremento material de riqueza.

Respuestas a los argumentos en contra

En su auto, el magistrado desestima también las alegaciones basadas en el voto particular de una magistrada que discrepó del fallo original del Tribunal Supremo sobre el procés. Llarena aclara que no se trata de una interpretación personal de la ley, sino que es el legislador quien ha definido el concepto de “enriquecimiento” en los términos que lo excluyen de la amnistía.

Críticas al Fiscal General del Estado

Finalmente, Llarena respondió a las declaraciones del Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, quien había señalado que la ley debe ser previsible. “La predictibilidad de la ley no significa que deba aplicarse conforme a las aspiraciones de un procesado que busca impunidad”, replicó el magistrado.

Con esta resolución, el expresident Carles Puigdemont mantiene su condición de prófugo y sigue procesado por delitos que no pueden ser cubiertos por la ley de amnistía. No obstante, tiene la opción de recurrir al Tribunal Constitucional en busca de una última revisión de su caso.

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