El Senado debatirá esta semana una modificación a los fueros
Un proyecto de ley que reglamenta el procedimiento de desafuero contra funcionarios se debatirá esta semana. El Gobernador se pronunció a favor de eliminar los fueros días atrás.
El próximo jueves, el Senado dará un debate sobre un proyecto de ley del senador Esteban D´Andrea, que busca reglamentar el procedimiento sobre los fueros y los procesos de desafuero de los funcionarios.
Durante la última sesión del cuerpo, el senador aprovechó el momento para solicitar que el proyecto se trate como preferencia durante la sesión de este jueves, pedido que fue aprobado por el recinto.
La discusión se dará en medio de un pronunciamiento del Gobernador Gustavo Sáenz, quien utilizó sus redes sociales para expresar su deseo de reformar la Constitución Provincial para avanzar con la eliminación de la figura de los fueros y la inmunidad de opinión de los legisladores.
“Los fueros pertenecen al cuerpo, en este caso sería la Cámara de Senadores, lo que pide este proyecto es que, por ser legislador, no haya nada que impida el normal funcionamiento de la justicia“, sostuvo D´Andrea a Nuevo Diario.
El legislador defiende su iniciativa argumentando que el cambio permitiría que no haya privilegios de los jueces, legisladores y mandatarios provinciales para responder ante la justicia y que sus procesos avancen con normalidad.
“En esto como cualquier ciudadano común hay que presentarse a la justicia, cumplir con todos los requisitos que pide el juez sin impedimento de ningún fuero, absolutamente de nada, y, por supuesto, llegar a la condena. Ahí actuará el cuerpo“, afirmó el senador.
¿Que dice el proyecto?
El proyecto busca clarificar los procesos que la justicia debe realizar en contra de personas que gocen del fuero.
En concreto, el tribunal competente estará habilitado efectuar todos los actos procesales que prevean las normas vigentes hasta la total conclusión del proceso, a excepción de aquellos que impliquen la detención o prisión.
“Ante la existencia de una causa penal en la que se impute la comisión de un delito a un legislador, funcionario provincial o magistrado sujetos a desafuero, remoción, juicio político o jurado de enjuiciamiento, el tribunal competente podrá efectuar todos los actos procesales que prevean las normas vigentes hasta la total conclusión del proceso, a excepción de aquellos que impliquen la detención o prisión. El llamado a audiencia de imputación no se considera medida restrictiva de la libertad, pero en el caso de que el legislador, funcionario o magistrado no concurrieran a prestarla, previa reiteración de la citación correspondiente, el tribunal deberá solicitar su desafuero, remoción o juicio político para ordenar su comparendo compulsivo y continuar la causa. Como consecuencia de la indagatoria, se podrá por única vez, ordenar el allanamiento de los domicilios u oficinas particulares de los legisladores, funcionarios o magistrados. No se podrá ordenar la interceptación de su correspondencia o comunicaciones telefónicas o electrónicas”, dicta el artículo 1 del mencionado proyecto.
La iniciativa busca que la justicia no tenga excusas para avanzar con procesamientos, imputaciones o juicios en contra de legisladores o funcionarios con fueros. Ejemplo de esto es la causa penal contra el ex senador Sergio Ramos, donde la fiscalía expuso que el proceso no pudo llegar a juicio debido a que no se contaba con el desafuero de la cámara en su momento.
Con el proyecto, D´Andrea afirma que busca que los juicios se lleven adelante e incluso se condene si es necesario a funcionarios con fueros, deslegitimando interpretaciones que el juez de turno tenga sobre la normativa.
Las detenciones y las intervenciones de comunicaciones seguirán prohibidas hasta tanto se desafore al involucrado, mientras que los allanamientos si estarán permitidos.
“En caso de dictarse alguna medida que afecte la libertad personal del legislador, funcionario o magistrado, la misma no se hará efectiva hasta tanto la autoridad que corresponde otorgue el desafuero, remoción o juicio político. Al solicitar el desafuero, remoción, juicio político o jurado de enjuiciamiento se deberá acompañar copias de las actuaciones libradas expresando las razones que justifiquen la medida. El legislador, funcionario o magistrado, podrá, aunque no hubiera sido indagado, presentarse al tribunal aclarando los hechos u ofreciendo las pruebas, que a su juicio, puedan serles útiles. Denegada la solicitud de desafuero, remoción, juicio político o jurado de enjuiciamiento el tribunal declarará por auto que no puede proceder a la detención y ordenará el archivo provisorio de las actuaciones. En este caso regirá la suspensión de la prescripción prevista en el artículo 67 del Código Penal de la Nación“, indica le ley.