En Tartagal aplican un régimen especial para retirar motos ante la cantidad de secuestros
El nuevo régimen especial alcanza a actas labradas hasta el 1 de julio y busca facilitar el retiro de motocicletas y licencias retenidas. La jueza de Faltas Fabiana Beky explicó cuáles son los requisitos y qué infracciones quedan excluidas.
El Tribunal de Faltas de Tartagal renovó una resolución que facilita a los infractores el retiro de motocicletas retenidas y licencias de conducir, bajo determinadas condiciones. La medida tiene una vigencia de dos semanas y alcanzará hasta el 2 de octubre.
La jueza de Faltas Fabiana Beky explicó en VideoTar que la resolución comprende las actas realizadas hasta el 1 de julio de 2026, por lo que las infracciones correspondientes a agosto y septiembre no están contempladas.
Para retirar una motocicleta, el titular o responsable deberá presentar documentación que permita acreditar la adquisición del vehículo. Entre los documentos aceptados se encuentran la factura de compra, boleto de compraventa, remito o formulario 08 firmado por el titular anterior, incluso cuando la transferencia todavía no haya sido concretada.
Además, deberá abonar una multa de $280.000.
También contempla licencias retenidas
La resolución establece una alternativa específica para quienes tengan la licencia de conducir retenida. En estos casos, deberán presentar una copia del DNI del titular y abonar una multa única de $150.000, según explicó Beky.
La medida alcanza únicamente a motocicletas y licencias. No se aplica al retiro de automóviles ni a otro tipo de vehículos.
Quedan excluidas las infracciones por alcoholemia, pasar un semáforo en rojo y picadas.
Falta de casco y documentación, entre las infracciones más frecuentes
Según la jueza de Faltas, las infracciones que más se repiten entre los motociclistas están relacionadas con la falta de casco, documentación, licencia y seguro.
Beky señaló que las multas habituales por este tipo de infracciones pueden superar actualmente los $800.000, por lo que consideró que la resolución busca generar una alternativa más accesible para quienes tienen sus motos retenidas.
“Va a ser más económico”, sostuvo la jueza, quien también pidió a los conductores utilizar el casco y acercarse al Tribunal de Faltas para realizar las consultas correspondientes.
Qué pasa si el dueño no retira la moto
Una vez labrada el acta de infracción, el conductor dispone de cinco días para presentar un descargo. Luego recibe una cédula de notificación en la que se informa el plazo establecido para retirar el vehículo.
Según explicó Beky, existe un período de 90 días para retirar la motocicleta. Si el propietario no se presenta dentro de ese plazo, el vehículo queda a disposición del municipio para que determine su destino.
La resolución que facilita el retiro estará vigente durante dos semanas, por lo que vencerá el 2 de octubre. La medida no alcanza a las actas labradas después del 1 de julio.


