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El Gobierno autorizó la compra de fusiles semiautomáticos para civiles

Una nueva resolución habilita la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos para civiles bajo un régimen de autorización especial con exigentes requisitos. Además deroga la prohibición previa y compromete al organismo estatal a supervisar el nuevo sistema.

El Ejecutivo nacional aprobó una resolución que reemplaza la antigua norma que prohibía a civiles adquirir fusiles semiautomáticos con cargadores desmontables. La medida otorga a un organismo estatal la facultad exclusiva de fiscalizar la compra, tenencia y registro de este tipo de armas, que hasta ahora quedaban reservadas a excepciones muy limitadas.

Bajo el nuevo régimen se permitirá que usuarios legítimos y entidades de tiro adquieran armas semiautomáticas de uso civil condicional. Esto incluye fusiles, subametralladoras derivadas de modelos militares y de calibre mayor al .22 LR, siempre que cumplan con un permiso especial.

Para acceder, el solicitante deberá acreditar una identificación precisa del arma: tipo, marca, modelo, calibre, número de serie y CUIM; además deberá contar con un sistema de guarda segura de tipo “Sector de Guarda registrado G2”. Uno de los requisitos más relevantes es la justificación del uso deportivo del arma.

Esto puede acreditarse mediante certificación de una entidad de tiro con instalaciones propias y aval que el solicitante es tirador habitual; representación en certámenes nacionales o internacionale. También la solicitud formulada por una entidad habilitada para el uso por socios con fines deportivos o didácticos.

A su vez, el interesado no podrá tener antecedentes sancionatorios ante RENAR ni trámites pendientes, deberá tener al menos cinco años de antigüedad como usuario legítimo de armas de uso civil condicional y presentar declaración jurada, fotos del arma, documentación probatoria y pagar la tasa correspondiente.

La resolución también establece un marco legal renovado: el RENAR asumirá plena potestad para aplicar la Ley Nacional de Armas y Explosivos N.º 20.429 junto con normas complementarias.

Se derogan diversas disposiciones anteriores (ejemplo: normas 81/02, 54/04, 155/04 y 239/09) para concentrar el control en la nueva autoridad. Desde el Gobierno se argumenta que la prohibición total impedía registrar y transferir armas que ya estaban legalmente autorizadas antes de la norma que limitaba su uso, lo que generaba una zona gris de irregularidad.

Con este cambio, se busca mejorar la trazabilidad, la supervisión y la legalización de un segmento que hasta hoy estaba restringido.El anuncio genera reacciones diversas. Por un lado, los defensores del derecho a la posesión de armas celebran la flexibilización del acceso. Por otro, organizaciones de control de armas advierten que permitir fusiles de gran capacidad a civiles, aunque bajo condiciones restrictivas, puede representar riesgos de desvío y circulación indebida.

En este escenario, las fuerzas de seguridad y organismos independientes estarán atentos al cumplimiento efectivo del nuevo régimen de permisos, al sistema de guarda, al control de usuarios y a la prevención de usos ilegales o negligentes.

Fuente: Ámbito Financiero

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