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Gobierno disuelve la Comisión Nacional de Alimentos y concentra el control en ANMAT

Gobierno eliminó la CONAL con el decreto 538/2025. Las funciones de normativa y fiscalización alimentaria ahora corresponden exclusivamente a ANMAT y SENASA, bajo la órbita de los ministerios de Salud y Economía.

El presidente Milei firmó el decreto que elimina la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL). La medida responde a un plan de simplificación y modernización del Estado.

Con la disolución de la CONAL, todas sus funciones serán absorbidas por ANMAT y SENASA. Estos organismos ya operan sobre el control y la vigilancia alimentaria y cuentan con capacidad técnica para actualizar las normas del Código Alimentario Argentino (CAA).

A partir de ahora, el Ministerio de Salud a través de ANMAT y el Ministerio de Economía a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, vía SENASA asumirán la actualización normativa del CAA. Lo harán mediante resoluciones conjuntas, tomando en cuenta novedades científicas, normas internacionales y acuerdos del Mercosur.

El decreto modifica varios artículos del Decreto 815/1999. Entre otros, reemplaza los artículos 3°, 4°, 26 y 27, y elimina artículos que regulaban funciones redundantes, como cabinas sanitarias únicas en puntos de tránsito o campañas centralizadas a cargo de la CONAL.

Según el Ejecutivo, esta reforma no implica una merma en la protección de la salud pública. Por el contrario, busca acelerar los tiempos de decisión y evitar duplicaciones administrativas. ANMAT y SENASA ya poseen los equipos técnicos y las atribuciones legales para ejercer control integral del CAA.

Además, se continuará con la gestión digital de la base de datos del sistema nacional de control de alimentos. ANMAT tendrá a su cargo su administración y junto con SENASA y autoridades provinciales velarán por su actualización diaria y vigilancia del cumplimiento regulatorio en todo el país.

El nuevo modelo permite convocar asesores técnicos externos cuando sea necesario para la actualización del CAA. Estos tendrán un plazo máximo de quince días hábiles para presentar sus informes.

Fuente: Infobae

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