Juzgan a exfuncionarios de AFIP por fraude y cohecho junto a directivos de una minera
El ex director Regional de Salta de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Rafael Renisck Brenner, y el ex jefe del área Jurídica de ese organismo, Nicolás Fili, son juzgados desde principios de este mes por los delitos de fraude a la administración pública, cohecho pasivo y concusión.
El Tribunal Oral Federal N°2 de Salta lleva adelante el debate, que también alcanza a uno de los gerentes de la empresa Minera Santa Rita S.R.L., Pablo Daniel Haddad, y al contador Federico Guijarro Jiménez, quienes comparten la misma calificación penal en calidad de coautores, pero en grado activo respecto al cohecho.
El juez Domingo Batule, acompañado por los vocales interinos Marta Liliana Snopek y Federico Santiago Díaz, preside el juicio que se lleva adelante bajo el sistema mixto desde el 4 de octubre pasado. En representación del Ministerio Público Fiscal intervienen el fiscal general Carlos Martín Amad y la auxiliar fiscal Soledad Cabezas.
Según surge de lo ventilado en la primera audiencia, las acusaciones surgen de denuncias e investigaciones internas de AFIP. En el caso de Minera Santa Rita S.R.L., la hipótesis señala que esta firma habría presentado facturación apócrifa de otras firmas proveedoras, pertenecientes al mismo grupo empresario, con el fin de abultar el crédito fiscal y, en su defecto, reclamar una suma mayor en concepto de reintegro del IVA por su actividad exportadora. Al respecto, en la segunda audiencia, Haddad y Guijarro Jiménez declararon y negaron esa imputación. Haddad relató cómo se estructuró la tarea del grupo familiar y explicó que fue clave la creación de otras firmas a fin de abarcar la provisión de insumos (ácido bórico y sulfúrico) y otras necesidades, como el transporte del mineral, extraído en Catamarca, Salta y Jujuy.
En el caso de Minera Santa Rita S.R.L., la hipótesis señala que la firma habría presentado facturación apócrifa de otras firmas proveedoras, pertenecientes al mismo grupo empresario, con el fin de abultar el crédito fiscal y reclamar una suma mayor en concepto de reintegro del IVA por su actividad exportadora. El empresario defendió el prestigio de la firma principal y descartó que las otras firmas satélites sean de "cartón" o "fantasmas" como lo asegura la fiscalía en su hipótesis delictiva. En tal sentido, rechazó que todo se trate de una puesta en escena para aprovecharse del Estado con el cobro de reintegro del IVA.
Guijarro Jiménez, quien estuvo vinculado a la empresa en el manejo financiero, declaró en sintonía con Haddad, defendió su prestigio laboral y luego se limitó a desacreditar la tarea de otro auxiliar dentro de la firma, quien había denunciado la maniobra fraudulenta por la que todos terminaron imputados.
La defensa de ambos acusados planteó la nulidad de la denuncia, como otros actos procesales derivados de ella y solicitaron que el denunciante declare en el debate.
Amad rebatió el planteo de nulidad pergeñado por la defensa
Los argumentos de la defensa de Haddad y Guijarro Jiménez fueron rebatidos por el fiscal Amad, quien aclaró, en principio, que el testigo no actuó como contador al momento de percibir el fraude que la empresa preparaba con ayuda de Rafael Renisck Brenner y Nicolás Fili, para luego desbaratar el argumento, al recordar que el secreto profesional no alcanza al contador.
El fiscal recordó que la norma citada -establecida en el artículo 244 del Código Procesal Penal de la Nación- indica claramente que la restricción aludida está dirigida a "los ministros de un culto admitido; los abogados, procuradores y escribanos; los médicos, farmacéuticos, parteras y demás auxiliares del arte de curar". Respecto a este punto, el tribunal, que ya se expidió respecto a otros planteos de admisión de testigos, aún no resolvió el pedido de nulidad defensivo. La decisión podría conocerse en la audiencia programada para hoy.
Maniobras y coimas
Resnick Brenner está acusado de haber pedido una coima de $1,5 millones a otro empresario local a cambio de protección ante posibles sanciones tributarias. En este caso, a Fili se le atribuye la función de enlace entre el director regional y el contribuyente, quien denunció la maniobra.
El testigo habló con amplitud en el debate sobre la facturación apócrifa presentada por las proveedoras de Minera Santa Rita, razón por la cual se iniciaron intervenciones a esa empresa, que se constituyeron en una razón suficiente para frenar la operación, lo cual explicó, llegó a manifestarlo al propio Renisck Brenner. Sin embargo, a las semanas, la devolución de IVA fue aprobada, a cambio de lo cual el ex director habría recibido un importante beneficio económico, en el que también estaría incluido Fili.
Al margen de ello, y respecto a la maniobra adjudicada para el cobro ilegal de reintegro del IVA, el tribunal llamó a declarar a Martín Alfredo Knudtsen, quien era jefe interino del área de Investigaciones y fue precisamente quien recomendó que no se apruebe el reembolso tramitado por la empresa. En vista de ello, el director interino de la Dirección Regional Salta de la AFIP, Guillermo Andrés Oro, hizo una denuncia penal, en la cual detalló la maniobra registrada en junio de 2015.