La Justicia admite amparo colectivo de organizaciones por el DNU de Milei
La justicia resolvió admitir una acción judicial presentada por organizaciones como ATE y la CTA, junto al Observatorio de del Derecho a la Ciudad, como amparo colectivo que solicita la declaración de inconstitucionalidad y “nulidad absoluta” del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 de desregulación económica presentado esta semana por el Gobierno de Javier Milei.
El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal número 2, a cargo de Esteban Furnari, admitió el amparo y ordenó su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos, según el texto de la resolución a la que accedió Télam.
La presentación había sido realizada el jueves por el Observatorio del Derecho, junto al secretario general de la CTA Autónoma, Hugo “Cachorro” GodoyClaudio Lozano y el titular de ATE nacional, Rodolfo Aguiar.
En el escrito, los dirigentes advirtieron que la norma implica una "desviación de poder y un abuso de derecho público, por violar el principio republicano, la división de poderes, la democracia, el principio de reserva de ley y los derechos colectivos de la ciudadanía argentina a la participación en la dirección de los asuntos públicos directamente o a través de sus representantes”.
La demanda busca obtener la declaración de inconstitucionalidad y la nulidad absoluta del DNU que fue presentado la semana pasada en cadena nacional por el presidente Javier Milei y publicado el jueves en el Boletín Oficial, por constituir "el ejercicio de facultades extraordinaria.
Los demandantes solicitaron una medida cautelar que suspenda los efectos de la norma, así como la suspensión del artículo 24 de la Ley 26.122 del Régimen Legal de los DNU que establece que "el rechazo por ambas Cámaras del Congreso del decreto de que se trate implica su derogación".
También un experto
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez también presentó este viernes una acción declarativa de inconstitucionalidad con solicitud de una medida cautelar y reclamó que se declare la nulidad del DNU.
Gil Domínguez hizo su presentación en calidad de ciudadano afectado por el decreto y destacó allí que es "violatorio de la división de poderes".
El DNU 70/2023 intenta mediante la desviación de poder y el abuso de derecho público utilizar un mecanismo excepcional – el dictado de decretos de necesidad y urgencia- para sustituir la función legislativa del Congreso, planteó el abogado especialista en asuntos constitucionales.
Al arrogarse el Presidente facultades legislativas, estaría violando la división de poderes.