La plana mayor Penitenciaria tendrá un piso de representación femenina
La Corte de Justicia de Salta hizo lugar parcialmente a un recurso de apelación en un recurso de amparo contra la Dirección General del Servicio Penitenciario y el Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia de la Provincia.
Así, se ordenó a la Provincia de Salta dar cumplimiento a las medidas de acción positiva dispuestas en beneficio del colectivo de mujeres que se desempeñan como agentes del Servicio Penitenciario de Salta. Recordó la Corte de Justicia que “la no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de los derechos humanos.” E incluso la Constitución Provincial en su artículo 13 recepta la garantía en el orden local, cuando declara que todas las personas son iguales ante la ley. Por ello, específicamente en relación a los puestos de la Plana Mayor, determinaron como medida provisoria que para la designación de los integrantes de la Plana Mayor deberá individualizarse el porcentaje de agentes mujeres en funciones respecto del plantel total de agentes penitenciarios en funciones, y tal porcentaje deberá operar como piso de representación mínima del género femenino en la Plana Mayor, dejando establecido que ese piso nunca podrá ser inferior a dos miembros mujeres”, resolvieron.
Condena y tratamiento por delitos de violencia de género
Un sujeto de 26 años fue condenado en juicio abreviado a ocho meses de prisión condicional como autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja previa y por el género, desobediencia judicial (dos hechos), amenazas (dos hechos), violación de domicilio y daños, en concurso real.
La jueza Carolina Sanguedolce, vocal de la Sala III del Tribunal de Juicio, le dictó al condenado una serie de obligaciones que deberá cumplir durante dos años: abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; realizar tratamiento psicológico para el control de sus impulsos y presentar constancia de inicio del mismo en el término de 10 días; prohibición de mantener todo tipo de contacto con la víctima y de acercarse a ella a menos de cien metros, entre otras reglas. Todo ello con apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena.
El imputado fue denunciado por su expareja. La mujer manifestó que mantuvo una relación de siete años con el acusado y tuvieron tres hijos en común. Decidió separarse debido a sus malos tratos.
Ya separados, se presentaron nuevas situaciones de malos tratos de todo tipo, ante los reiterados pedidos de la mujer, de ayuda para los hijos que tienen en común.
De estas expresiones violentas, existen múltiples testigos (amigos, vecinos y familiares) ya que al separarse, ambos se encontraban distanciados solamente por unas casas.