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La UIF estableció pautas para detectar el financiamiento de armas de destrucción masiva

La UIF dictó una resolución que obliga a bancos y entidades financieras a inmovilizar activos de personas vinculadas a programas nucleares ilegales.

La Unidad de Información Financiera (UIF) publicó en el Boletín Oficial una nueva normativa estratégica para el control de capitales. El documento fija las pautas que deberán seguir los sujetos obligados para detectar el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.

Esta medida busca alinear al sistema financiero argentino con las exigencias del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). El objetivo principal es impedir que el mercado local sea utilizado para sustentar programas nucleares, químicos o biológicos de regímenes sancionados.

La Resolución 3/2026 establece la obligación de reportar de manera inmediata cualquier operación que involucre a personas listadas por las Naciones Unidas. Los bancos deberán verificar de forma permanente las listas de sanciones del Consejo de Seguridad para actuar sin demoras.

El punto más destacado de la norma es la aplicación de la inmovilización administrativa de bienes y activos financieros. Esta acción se ejecutará de forma automática cuando se detecte una coincidencia con individuos o entidades sospechosas de participar en programas de misiles.

Los sujetos obligados, que incluyen a escribanos, casinos y agentes de bolsa, deberán realizar un monitoreo continuo de sus clientes. Las operaciones sospechosas deben ser informadas a la UIF en un plazo máximo de veinticuatro horas tras su detección inicial.

El incumplimiento de estas directivas acarreará severas sanciones administrativas y económicas para las instituciones involucradas. Las multas podrían ser millonarias y se prevé incluso la inhabilitación para operar en el sistema financiero por un período de cinco años.

Fuente: Infobae

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