Economía

Los bancos no podrán aplicar descuentos sobre el bono de refuerzo

El Banco Central dio instrucciones para que ningún banco haga descuentos sobre este aporte, ni en operaciones concertadas con la propia entidad o con terceros. Incluye cuotas de préstamos otorgados con o sin código de descuento, comisiones o cargos por servicios a la cuenta contratados por el beneficiario.

El Banco Central (BCRA) comunicó el viernes que los bancos no podrán aplicar ningún tipo de deducción o descuento sobre el monto del bono del Refuerzo de Ingresos que la Anses deposite a jubilados, pensionados o trabajadores que lo reciban, dado el carácter alimentario que tiene la transferencia.

Los bancos "deberán arbitrar los medios para que no se efectúe ningún tipo de descuento sobre los importes que se acreditan en concepto de las prestaciones en cuestión y, eventualmente, para el reintegro inmediato de la totalidad de los importes que se pudieran descontar en caso de tener implementado en las entidades procesos de débitos automáticos inmediatamente concurrentes con acreditaciones que alcanzaren a los conceptos señalados", según dice el comunicado del BCRA.

De esta manera, cuotas de préstamos o cargos que tenga el beneficiario del bono, no podrán ser descontados por las entidades bancarias de estos montos, e incluso deberán devolver los fondos en caso de que el usuario le descuenten esta plata.

"Por otra parte, les requerimos realizar las acciones preventivas necesarias a fin de facilitar el trámite de apertura de cuentas gratuitas por parte de aquellos beneficiarios que no posean una cuenta abierta a su nombre en la cual acreditar las prestaciones dinerarias de que se trata", señaló la entida bancaria en la Comunicación “B” 12321.

Las entidades que actúan como pagadoras de beneficios ordenados por la Anses, están obligadas a notificar a ese organismo los mecanismos de vinculación de clientes en forma no presencial para su difusión -por parte de ésta- a los interesados.

El cronograma de pagos para la primera cuota de $ 9.000 del Refuerzo para los trabajadores informales, monotributistas A y B y trabajadoras de casas particulares que accedan al bono comenzará con los DNI terminados en 0 el jueves 19 de mayo y continuará los días hábiles corridos según terminación de documento.

Los documentos terminados en 1 cobrarán el viernes 20; los terminados en 2, el lunes 23; los terminados en 3, el martes 24; los terminados en 4, el jueves 26; los terminados en 5, el viernes 27; los terminados en 6, el lunes 30; los terminados en 7, el martes 31 de mayo; los terminados en 8, el miércoles 1 de junio; y los terminados en 9, el jueves 2 de junio.

Los jubilados y pensionados que perciben hasta dos jubilaciones mínimas ya están recibiendo los $ 12.000 de su bono con su calendario de pagos habitual.

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