Mineras se verán obligadas a disponer hospedaje para inspectores de control del estado

A través de la Resolución 197 de la Secretaría de Energía y Minería, se estableció como obligación que los campamentos mineros deberán tener un lugar para que los inspectores puedan alojarse durante las visitas de control que se realizan a las minas salteñas.

La mayoría de estos campamentos se encuentran en zonas inhóspitas de la Puna salteña y lejos de cualquier centro urbano o localidad para que los técnicos encargados de fiscalizar que los proyectos mineros cumplan con las normativas laborales, administrativas y ambientales, puedan tener un hospedaje.

La estancia de los técnicos en el lugar es vital ya que la lejanía de los campamentos mineros provoca que de no tener posibilidad de quedarse, los inspectores tengan que regresar, por lo que limita a pocas horas el trabajo de fiscalización en la zona.

El control de los proyectos mineros es un trabajo que el Gobierno de la Provincia viene articulando con el Juzgado de Minas, a cargo de Victoria Mosmann, que en octubre mantuvieron un encuentro para dialogar sobre la fiscalización en terreno.

“Hay procesos iniciados, hay control de las inversiones y nosotros estamos colaborando con el juzgado para las verificaciones en campo”, confirmó la secretaria Romina Sassarini tras ese encuentro a Nuevo Diario. Esto quiere decir que el juzgado ha detectado posibles irregularidades con mineras que no están invirtiendo en las tierras, incumpliendo las normativas

Este medio pudo saber que  el Juzgado de Minas ha enviado 20 requerimientos  para que la secretaria controle en campo estas posibles irregularidades.

Además en la resolución se especifica que los privados deberán proveer a los técnicos del material de protección necesario para el control en terreno.

Se incluyó un artículo donde reglamentan que de no cumplir con este aspecto –hospedaje y protección- las mineras podrán ser sancionadas según el artículo 243 del Código de Minería que establece que “Las infracciones a los reglamentos de policía minera y de preservación del ambiente, serán penadas con una multa cuyo monto será TRES (3) a QUINCE (15) veces el canon que devengare la mina, si no tuvieren otras sanciones previstas en tales reglamentos”.

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