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Muerte de 43 gendarmes: para los jueces, no hay reproches en el proceder de los jefes

En una resolución de más de 500 fojas, el Tribunal Oral Federal 2 dio a conocer los fundamentos por los que absolvieron a cuatro jefes de Gendarmería Nacional juzgados por la muerte de 43 uniformados, en un trágico accidente ocurrido el 14 de diciembre de 2015, en Rosario de la Frontera.

Se trata del mayor registro de gendarmes muertos en cumplimiento del deber, pues las víctimas viajaban en un colectivo con destino a la provincia de Jujuy a fin de reforzar la seguridad, comprometida por constante conflictos de orden social.

Los 43 gendarmes muerto, y otros 7 que sobrevivieron, viajaban en el primero de tres micros que provenían del Destacamento Móvil 5, de Santiago del Estero, y lo hacían bajo órdenes de la entonces ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, quien actualmente ocupa nuevamente ese cargo.

Al recorrer la ruta 34, a la altura del puente sobre el arroyo Balboa, el primero de los colectivos, sufrió el reventón del neumático delantero derecho, razón por la cual el conductor perdió el control del micro, el que impactó en el guarda rail y luego cayó desde una altura de más de 15 metros.

Por este hecho, y luego de un largo peregrinar, los comandantes Elio Rafael Méndez, Ramón Antonio Maidana, Juan Carlos Bordón y Juan Carlos German, todos ellos jefes en distintas áreas del Destacamento Móvil 5, fueron llevados a juicio.

Un quinto acusado, el suboficial mayor Ricardo Villasanti, también fue acusado, aunque falleció a las dos semanas de iniciado el debate, siendo sobreseído por extinción de la acción penal.

No tuvieron vínculo directo

Al ir al meollo de los cuestionamientos, los jueces entendieron que a los cuatro comandantes se le achacó responsabilidad solamente por su condición de jefes, “sin hacer un análisis sobre el rol que cada uno desempeñaba, del lugar donde se encontraban prestando servicios y de la información con la que contaban”.

En ese sentido, destacó la labor defensiva, pues acreditaron con prueba que sus defendidos no tuvieron vínculo directo con la preparación y traslado de los gendarmes a Jujuy, pues estaban de comisión, afectados a otros destinos.

Al respecto, el abogado Marcelo Arancibia dejó probado que su defendido, el comandante German, que tenía relación directa con las tareas de control y/o supervisión, ya que el oficial Jefe de Logística, estaba designado en Santa Fe.

“En el caso de Bordón, si bien ese día 13 de diciembre de 2015 se encontraba a cargo del Destacamento Móvil, hacía pocos días había regresado de la comisión de servicios en el Operativo “Frontera Norte”, en Orán (Salta) y su tarea específica estaba vinculada al Área Personal”, dijeron.

Por el contrario, si mencionaron que Villasanti, encargado del área Motorizada, fue el responsable de no informar sobre la necesidad de cambiar las cubiertas delanteras, en especial la derecha que presentaba un desgaste irregular. Menos aún que el colectivo siniestrado no estuviese en condiciones de circular.

Los jueces refrendaron una expresión de la acusación, la que se hizo con una connotación negativa: “¿qué les costaba contratar otro colectivo?”. “Es que, justamente, de haber sabido los oficiales Jefes que el colectivo no se encontraba en condiciones de circular seguramente hubiesen dispuesto la contratación de otro colectivo pues nada lo impedía frente a la orden impartida por la Superioridad”, afirmaron.

Sin responsabilidad

También rechazaron la acusación respecto a que los jefes fueron responsables debido a que los móviles no tenían la Revisión Técnica Vehicular Obligatoria (RTVO). “Sin embargo, y tal como fue acreditado durante el debate, tal decisión resultaba ajena a la voluntad y decisión de los acusados pues, conforme informe del Director Nacional de Gendarmería (Gerardo Otero), los vehículos de dicha Institución se encontraban exentos de tal obligación, según una resolución del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, donde se encontraba registrado el colectivo siniestrado”. En razón de ello, “no le es reprochable a los acusados en esta causa tal situación. Tampoco podían disponerlas por sí pues los recursos no estaban previstos para ese fin y hubiesen incurrido en el delito de “malversación”. “En este contexto y de la prueba producida, no se ha logrado acreditar que Elio Rafael Méndez, Ramón Antonio Maidana, Juan Carlos Bordón o Juan Carlos German tuviesen un deficitario comportamiento generador de un riesgo o peligro”.

Insultos y desalojo

El tribunal a cargo del debate estuvo conformado por el juez Domingo Batule, en calidad de presidente, junto a las vocales Marta Liliana Snopek y María Alejandra Cataldi.

El 6 de junio pasado, después de un debate que se extendió por más de seis meses, este tribunal resolvió absolver a los cuatro comandantes de Gendarmeria Nacional, lo que disparó la ira de los familiares, quienes, al escuchar la decisión de los jueces, lanzaron insultos y, ya desalojados de la sala de audiencia, arrojaron sillas contra el recinto.

Fundamentos

El 23 de agosto pasado, los jueces dieron a conocer los fundamentos de su fallo, el que ahora podrá ser apelado, tanto por las querellas como por la fiscalía, a cargo del fiscal general, Carlos Martín Amad, quien tendría decidido casar las sentencia

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