Nación elimina el control aduanero del etiquetado en textiles y calzados
Así lo dispuso la administración de Javier Milei en el Boletín Oficial; la medida entrará en vigencia a partir de este miércoles.
La Secretaría de Industria y Comercio eliminó el control aduanero del etiquetado de los productos textiles y de calzado que ingresan al país. La medida fue comunicada a través del Boletín Oficial en las resoluciones 156/2024 y 159/2024.
De esta forma, estos insumos no deberán atravesar las inspecciones de la Aduana, que generaban costos extra y demoras para las empresas importadoras. Hasta el momento, para su ingreso al país y al circuito de comercialización, los productos debían contar con un etiquetado realizado en origen y, en caso de no tenerlo, eran reetiquetados en la Argentina a través del proceso de Adaptación al Mercado Local (AML).
A partir de esta implementación las empresas deberán funcionar como intermediarias para asegurar que los productos cuenten con el etiquetado previo a la comercialización. Además, se informó que el control pasará a manos de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.
Según aclararon en la resolución, el objetivo es “bajar el costo de la burocracia y facilitar los procesos de importación”, mientras que se asegura la obligatoriedad del cumplimiento del etiquetado. Todos los productos que se comercializan en la Argentina deben llevar una etiqueta con los datos de la empresa y sus características.
En el caso específico de calzados y textiles, estas etiquetas también contienen información de los productos que son relevantes para el consumidor pero que no abarcan conceptos de seguridad.
Previamente, el Gobierno ya había tomado una implementación con el objetivo de desburocratizar la importación de mercadería, cuando liberó el “canal rojo” de la Aduana a los rubros de textiles y calzados. En el organismo se establecen tres instancias de revisión, según el tipo de revisión que se utilice, los formularios requeridos, las constancias y otras documentaciones.
Hasta ese momento, algunos rubros estaban incluidos de forma obligatoria en el canal más fuerte, lo que generaba reclamos entre las empresas y los despachantes por los costos extra y las demoras en la entrega. Tras la implementación de las resoluciones 154/2024 y 112/2024, se eliminó el requisito que obligaba a estos productos a pasar por el nivel de control más exhaustivo.
Según indicaron desde la Secretaría de Hacienda, se libera a las firmas “de un costoso gasto de importación, ya que el despacho por contenedor se reduce en US$1200″.
Fuente: La Nación